Auto Supremo AS/0336/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0336/2020-RRC

Fecha: 20-Mar-2020

La misma Sentencia, estableció como hechos probados los siguientes


La misma Sentencia, estableció como hechos probados los siguientes:

“…en fecha 10 de enero de 2015 en las inmediaciones de la Zona Unión y Progreso de la ciudad de El Alto, un grupo de personas se encontraban organizadas en una cantidad de aproximadamente 100 a 200 personas, los mismos que tenían el objetivo de desalojar a las personas que se habían asentado en el lugar, este grupo de personas a la cabeza de sus dirigentes Enrique Wilfredo Cari, Amalia Tarqui Ticona y Victor Ajahuanca Humiri representantes del Sector 16 de Julio y otras personas más entre varones y mujeres al promediar las cuatro y treinta de la tarde comenzaron a arrojar piedras y a gritarles que desalojen el lugar a los asentados del sector Unión y Progreso, entrándose a las casas y quemando las mismas, agrediendo con palos piedras y picotas a todos los que se opusieran a tal cometido, llegando la policía posteriormente a horas 19:30, gasificando el lugar para apaciguar los ánimos caldeados, del hecho se produjo la muerte de la víctima Nicolás” (sic)

“…que por Informe Técnico de Levantamiento Autopsia y registro del Lugar del Hecho de fecha 11 de enero de 2015…Policías de Acción Directa…se constituyeron a la Calle Murillo Zona Villa Rosario de la ciudad de El Alto, a objeto de proceder al levantamiento de un cadáver de sexo masculino, ¡dentificado como Nicolás Laura Collo (victima) de 47 años de edad, el mismo se encontraba en la calle en decúbito dorsal en vía pública, al examen físico externo, la víctima presenta heridas contusas cortantes abiertas en la región occipital derecha e izquierda y rostro hematomas, equimosis en frontal y por Informe Técnico de Registro del Lugar del Hecho se tiene que en fecha 15 de enero del 2015 a horas 16:10 a solicitud del Sof. Egberto Tudela Vargas investigador asignado al caso de la División Homicidios de la FELCC de la ciudad de El Alto, conjuntamente la Sra. Cristina Cordero Rafael, se constituyeron a la Av. Néstor Galindo entre Calle Murillo de la Zona Villa Rosario (Via Pública), a efectos de establecer lo sucedido, siendo la víctima del hecho Nicolás Laura Collo (fallecido), constituidos en el lugar de referencia, se pudo observar una habitación precaria con puerta metálica color verde en inmediaciones de la Av. Néstor Galindo y Calle Murillo, según versiones de la señora Cristina Cordero Rafael, es el lugar donde la victima seria agredido y arrastrado por los autores del hecho; ocurrido en fecha 10 de enero de 2015, señalando que lo tumbaron al suelo…lo pegaron y golpearon con palos piedras picotas, machetes los señores Enrique Wilfredo Cari Apaza, Victor Ajahuanca Humiri entre otros, llegando la Policía gasificó el lugar y después se fue del lugar…” (sic)

“…en fecha 11 de enero de 2015 aproximadamente a horas 00:05 a. m. se procedió al levantamiento del cadáver identificado como Nicolás Laura Collo de 47 años de edad en posición decúbito dorsal con una data cronológica de la muerte de 4 a 5 horas aproximadamente. Post morten antes de la intervención policial, siendo la probable causa de la muerte TEC abierto, realizada la autopsia médico legal se estableció como causa de la muerte Lesión de Centros Nerviosos, Hematoma subaracnoideo, Traumatismo Craneoencefálico Cerrado, Trauma Abdominal Cerrado, tal cual se establece por el certificado dc defunción nombre del occiso…” (sic)

“…de acuerdo a los acontecimientos se ha establecido que en fecha 10 de enero de 2015, aproximadamente a horas 16:30 se enfrentaron dos grupos uno liderizado por sus dirigentes Señor Enrique Wilfredo Cari Apaza, Amalia Tarqui Ticona, esposa de Enrique Wilfredo Cari, Victor Ajahuanca Humiri y otros, contra los vecinos del sector Unión y Progreso que son parte de la Urbanización Villa Rosario, (por disputa de terrenos) estos últimos al verse sorprendidos y avasallados por el sector 16 de julio liderizados por sus dirigentes no tuvieron otra alternativa que huir entre las que se encontraban la señora Alejandra Laura Mamani, esposa de la víctima, Cristina Cordero Rafael, Angel Canaviri Nina, Porfirio Apaza Mamani, Placido Mamani Churqui, quienes señalaron que los principales dirigentes del Sector 16 de julio en el enfrentamiento lo agarraron al Señor Nicolás Laura Collo acompañados con otras personas más lo arrastraron hasta un lote vacío en donde procedieron a golpearlo aproximadamente a las 06:30 pm. Posteriormente llega la policía gasifica el lugar escapando a diferentes lugares para resguardar sus vidas para luego enterarse del fallecimiento de la víctima…” (sic)