Auto Supremo AS/0336/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0336/2020-RRC

Fecha: 20-Mar-2020

En el caso de autos, conforme destaca de antecedentes la Sentencia de grado declaró la


El Auto Supremo 284/2012-RRC de 7 de noviembre, explicó que la Ley 1970, adopta la teoría del vencimiento en cuanto es la imposición de costas procesales, es decir, que éstas son impuestas a quien resulta perdedor en el trámite penal, en el contexto -claro- de las proposiciones de los arts. 264 al 273 del CPP. La regulación de imposición de costas incumbe en un primer momento al imputado condenado y al Estado cuando se dicte una absolución basada en la inocencia; estando claro que estas dos posibilidades surtan efecto con posterioridad a la realización de un juicio oral y ante la emisión de una sentencia. La misma norma distingue la diferencia entre ese tipo de situaciones y las presentes como emergencia de la emisión de un sobreseimiento, describiendo que las costas serán imponibles al Estado sólo en los casos que el sobreseimiento se base en la no existencia del hecho, que el mismo no constituya delito o el imputado no participó en él; y, finalmente la norma refiere que en los supuestos en los que el proceso se haya abierto solamente por la acusación particular será esta quien soporte la imposición de las costas.

En el caso de autos, conforme destaca de antecedentes la Sentencia de grado declaró la condena de dos de los coimputados, imponiéndoles el cumplimiento de una pena privativa de libertad así como el pago de costas, situación que supone que la parte acusadora obtuvo una decisión a favor suyo haciendo consiguientemente deducible fácilmente quien debe soportar las costas en el proceso. Si bien, consta la absolución de la recurrente, ello no supone una variación sustancial en el contexto de aplicación de las normas que regulan las costas y determinan su imposición, por cuanto teniendo en cuenta la emisión de una sentencia condenatoria en el orden del cuarto periodo del art. 365 del CPP, la imposición de las costas fue determinada contra la parte perdidosa, en este caso los declarados condenados