Auto Supremo AS/0394/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0394/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

De tal manera la principal referencia, que vincula al argumento planteado en casación redundaría en


Así las cosas, los recurrentes manifiestan que la actuación del Tribunal de alzada incurrió en contradicción con el AS 317 de 13 de junio de 2003, acusando por una parte haberse revalorizado prueba con el fin de imponer una condena calificada de injusta, y por otra dentro del mismo contexto o motivo, afirmar que “una de las funciones mas importantes y por lo cual se ejerce la autoridad en el tribunal departamental…es la verificación total y valoración detallada de cada prueba que se invoca…” (sic) así como afirmar que, “debería realizarse la revisión fragmentada de las pruebas en forma imparcial; siendo que dichos actos no fueron efectuados de ninguna manera conjunta y armónica por la Sala Penal Tercera” (sic)

De tal manera la principal referencia, que vincula al argumento planteado en casación redundaría en la verificación de si el Tribunal de alzada procedió a dar nuevo valor a las pruebas que fundaron la condena, de tal manera debe comprenderse que en el marco de los principios de intangibilidad de los hechos y de las pruebas, incluso el propio principio de inmediación una labor valorativa en fase de apelación restringida no está permitida, así lo establece de manera uniforme la jurisprudencia de la materia; sin embargo, es la propia doctrina que aclara que la actuación de los tribunales revisores, superando el hermetismo de esa afirmación, supone que la emisión de un nuevo fallo sí es posible, siempre y cuando sean respetados dichos principios y cumplirse las previsiones del art. 413 del CPP, es decir, no controvertir, establecer, modificar, modular ningún tipo de hecho determinado en la sentencia, así como tratarse de una modificación que importe un acto de inobservancia o errónea aplicación de la Ley sustantiva, que no precise ser sometido al contradictorio por constituir un elemento de puro derecho