Auto Supremo AS/0394/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0394/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

El recurso de casación, nace en la previsión de los arts


Con ello, la Sala Penal Tercera de La Paz, declaró la procedencia en parte del recurso planteado por el acusador particular, revocando en parte la Sentencia 015/2018 de 2 de agosto, y, “resolviendo la causa en el fondo al amparo del art. 414 de la Ley 1970, a los acusados Roberto calisaya Mamani, Jaime Valencia Callisaya y Claudina Yanarico Quispe…se les declar[ó] autores y culpables de la comisión del delitos de Desaparición Forzada de Personas con la agravante de muerte de la víctima, previsto y sancionado en el último párrafo del art. 292 bis del Código Penal, imponiéndoles a que cumplan cada uno de los acusados una pena de privación de libertad de treinta años…de presidio mismos que deberán ser cumpli[dos] en los centros penitenciarios que ordenó la sentencia precitada” (sic)

III. FUNDAMENTOS DE LA SALA

III.1 Recurso de casación de Claudina Yanarico Quispe y Roberto Callisaya Mamani

El recurso de casación, nace en la previsión de los arts. 416 y ss del CPP, constituye el último recurso en la vía ordinaria y tiene como fin específico la unificación y uniformización de la jurisprudencia, a partir de lo que se hace exigible como requisito de admisibilidad la invocación de un precedente contradictorio. La base de impugnabilidad sobre casación, obedece a la revisión de un Auto de Vista pronunciado de modo previo a la interposición de un recurso de apelación restringida que deriva de la oposición a una Sentencia; es decir, sigue un determinado orden procesal no pasible a variación. En esa lógica el art. 394 del CPP dispone: “Las resoluciones judiciales serán recurribles en los casos expresamente establecidos por este Código”; lo que implica que es la norma la que limita los recursos a los establecidos en cada caso por la ley procesal penal, para los supuestos expresamente previstos