Auto Supremo AS/1078/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1078/2021

Fecha: 02-Dic-2021

6)

6) El Auto de Vista genera indefensión, por cuanto se señaló que tiene domicilio en la ciudad de Sucre. En cumplimiento del Auto de 6 de noviembre de 2018 se hizo conocer que Jorge Eduardo tiene domicilio en la ciudad de Sucre.

Encuentra vulnerados los arts. 109-II y 115 de la CPE, 117 de la Ley 249, 121, 4, “art. num. 2”, 8, 13 y 17, 105 106, 110 del Código Procesal Civil.

El asunto de la citación al codemandado Jorge Eduardo Huaranca Ortega, ya fue definido con la emisión del Auto interlocutorio (no definitivo) de 16 de julio de 2019 y el Auto de Vista de 23 de septiembre de 2019, que fue descrito en el punto anterior, por lo que no merece mayor abundamiento en la respuesta.

En consecuencia, no concurre infracción de los arts. arts. 109-II y 115 de la CPE, 117 de la Ley 249, 121, 4, “art. num. 2”, 8, 13 y 17, 105 106, 110 del Código Procesal Civil.