Auto Supremo AS/0420/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0420/2021

Fecha: 31-Ago-2021

Contestación.

Contestación.

Por memorial de fs. 1202 a 1204, el SIN contestó el recurso de casación, conforme a lo siguiente:

Relacionó los argumentos expuestos por el SIN y el contribuyente, en sus recursos de apelación contra la Sentencia del Juez de instancia.

Aclaró que el contribuyente fundamentó sus argumentos interpretando el primer párrafo del art. 12 de la Ley N° 843, cuando para el caso, se aplicó el segundo párrafo de dicho precepto; en ese sentido, realizando la interpretación del referido párrafo segundo, afirmó que el Juez de instancia realizó una errónea interpretación el art. 12 de la Ley N° 843.

Afirmó que en el marco de los arts. 104-I del CTB-2003 y 31 del RCTB-2003, la fiscalización tributaria inicia con la notificación de la Orden de Fiscalización; no así, cuando la Orden de Fiscalización es generada en el Sistema, como erradamente argumentó el contribuyente; asimismo, señaló que conforme al art. 104-V del CTB-2003, no podrán transcurrir más de doce (12) meses, desde el inicio de la fiscalización tributaria, hasta la “emisión” de la Vista de Cargo.