Sentencia Rol 87 - 2020
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 87 - 2020

Fecha: 11-Mar-2021

0000670 SEISCIENTOS SETENTA “Artículo transitorio

0000670 SEISCIENTOS SETENTA “Artículo transitorio. Decláranse de utilidad pública los terrenos que hubieren sido destinados por un plan regulador o seccional a circulaciones, plazas y parques, incluidos sus ensanches, con anterioridad a las disposiciones de las leyes Nos 19.939 y 20.331. Sin perjuicio de lo dispuesto en este inciso, respecto de los terrenos cuyas declaratorias hubieren caducado en virtud de las citadas leyes, deberá respetarse la aplicación de lo establecido en el artículo 116 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, cuyo texto fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 458, de 1976, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en lo referido a los anteproyectos aprobados y los permisos otorgados por la Dirección de Obras Municipales, los que no se verán afectados por la declaratoria de utilidad pública. (…)”. Síntesis de la gestión pendiente y del conflicto constitucional sometido al conocimiento y resolución del Tribunal Explica la actora que es propietaria de un predio ubicado en la comuna de Maipú, el que, atendida la declaratoria de utilidad pública impuesta por el inciso primero del artículo transitorio de la Ley N° 20.791, y reflejada en un Certificado de Informaciones Previas de 29 de noviembre de 2019, no puede, en los hechos, ser desarrollado inmobiliariamente ni vendido a un precio de mercado por encontrarse afecto a una declaratoria de utilidad pública que no se ha materializado a través de un procedimiento legal de expropiación, ni existe posibilidad real que dicha expropiación se realice en el futuro, por lo que, en el caso concreto, produce un efecto inconstitucional. Indica que, a partir del año 2010, una vez que fue dejada sin efecto la declaratoria de utilidad pública contenida en la Ley N° 19.939, a raíz de la caducidad de la afectación contemplada en esa misma ley, fueron asignadas normas urbanísticas al terreno de la Fundación Las Rosas a través de la dictación de un Decreto Alcaldicio del año 2010, de la I. Municipalidad de Maipú. Al terreno de la Fundación se le asignaron nuevos usos de suelo: unos polígonos de “Avenidas Parques y otros polígonos con “Destino Habitacional. Explica la actora que el predio, una vez operada la caducidad de su afectación a utilidad pública, y dictado el decreto alcaldicio, dejó de tener una destinación exclusiva de Avenida Parque, adquiriendo una nueva condición urbanística que le permitía erigir edificaciones en su interior. Refiere que el precepto cuestionado desconoció la dictación del Decreto Alcaldicio de la I. Municipalidad de Maipú, gravando al terreno de la Fundación Las Rosas con una desproporcionada declaratoria de utilidad pública que se extiende indefinidamente -a diferencia de las declaratorias impuestas en las Leyes N° 19.939 y N° 20.331, que contemplaban una caducidad de las mismas-, impidiendo el desarrollo inmobiliario y explotación del terreno, cualquier posibilidad de venta a un precio de mercado, junto con eliminar la opción de que se lleve a cabo una expropiación. 2