Sentencia Rol 9185 - 2020
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 9185 - 2020

Fecha: 06-May-2021

0000236 DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS presente requerimiento de inaplicabilidad, éste deberá ser necesariamente desestimado

0000236 DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS presente requerimiento de inaplicabilidad, éste deberá ser necesariamente desestimado. Y TENIENDO PRESENTE lo preceptuado en el artículo 93, incisos primero, N° 6°, y decimoprimero, y en las demás disposiciones citadas y pertinentes de la Constitución Política de la República y de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: I. QUE, HABIÉNDOSE PRODUCIDO EMPATE DE VOTOS, NO SE HA OBTENIDO LA MAYORÍA EXIGIDA POR EL ARTÍCULO 93, INCISO PRIMERO, NUMERAL 6°, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA DECLARAR LA INAPLICABILIDAD REQUERIDA, POR LO CUAL SE RECHAZA EL REQUERIMIENTO DEDUCIDO A FOJAS 1. II. ÁLCESE LA SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO DECRETADA EN AUTOS. OFÍCIESE. VOTO POR ACOGER La Presidenta, Ministra señora MARÍA LUISA BRAHM BARRIL, y los Ministros señores IVÁN ARÓSTICA MALDONADO, CRISTIÁN LETELIER AGUILAR, JOSÉ IGNACIO VÁSQUEZ MÁRQUEZ, y MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ GONZÁLEZ, estuvieron por acoger el requerimiento, por las siguientes razones: 1°. Que, Seguros de Vida SURA S.A. -requirente en estos autos constitucionales- ha deducido acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad por considerar que el inciso segundo del artículo 4 bis, de la Ley N°17.322, norma que es del siguiente tenor: “Acogida la acción, e incoada en el tribunal, no podrá alegarse por ninguna de las partes el abandono del procedimiento”, vulnera las garantías de los numerales 3° y 26° del artículo 19 constitucional, lo que incide en la causa RIT N° P- 10.941-2013 del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago; 2°. Que, el precepto legal objetado, en los juicios de cobranza judicial de cotizaciones, aporte y multas de las instituciones de seguridad social, impide alegar el abandono del procedimiento; esta es la cuestión de constitucionalidad que la requirente somete a la decisión de este Tribunal, en orden determinar si en el caso concreto, se vulnera o no la Constitución Política. 5