Sentencia Rol 9185 - 2020
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 9185 - 2020

Fecha: 06-May-2021

0000245 DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO en una situación de incerteza respecto de las obligaciones que se demandan en el procedimiento, al no existir ningún límite temporal a su respecto, teniendo en consideración la existencia de un pago previo al inicio del juicio por parte de la requirente, lo cual no impidió que la deuda alcanzara una suma cercana a los $80

0000245 DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO en una situación de incerteza respecto de las obligaciones que se demandan en el procedimiento, al no existir ningún límite temporal a su respecto, teniendo en consideración la existencia de un pago previo al inicio del juicio por parte de la requirente, lo cual no impidió que la deuda alcanzara una suma cercana a los $80.000.000. II. Disposición impugnada. 6° Específicamente, respecto de la regla impugnada, en la parte subrayada, se cuestiona el inciso segundo del artículo 4° bis de la Ley N° 17.322 que mandata que: “Artículo 4 bis. - Una vez deducida la acción, el tribunal procederá de oficio en todas las etapas del proceso, a fin de permitir la continuidad de las distintas actuaciones procesales, sin necesidad del impulso de las partes. Acogida la acción, e incoada en el tribunal, no podrá alegarse por ninguna de las partes el abandono del procedimiento. (…)” III. Criterios interpretativos para el rechazo. 7° Un conjunto de elementos concurren al rechazo del presente requerimiento. En primer lugar, se contrasta el abandono del procedimiento con los principios informadores del procedimiento laboral, tornando incompatibles con los principios de buena fe, de irrenunciabilidad de los derechos y el principio protector del trabajador. En segundo lugar, examinaremos la historia de la Ley N° 20.023 y su función en la celeridad de los procedimientos laborales y el cambio en la reivindicación de las cotizaciones de la seguridad social. En tercer lugar, recordaremos la jurisprudencia que vincula la incidencia de las cotizaciones sociales en la dignidad del trabajador, su propiedad y su carácter alimentario. En cuarto lugar, examinando el potencial efecto de la inaplicabilidad, sostendremos que la norma no puede ser decisiva. Y conforme a estos criterios examinaremos el caso concreto al final. a. El abandono del procedimiento en el marco de la legislación laboral y de seguridad social. 8° La institución del abandono del procedimiento sanciona la inactividad o negligencia de las partes en hacer avanzar el proceso y se encuentra establecida, como regla general, en los procedimientos civiles. Ello se debe a que los procedimientos civiles están informados preponderantemente por el principio dispositivo, por una parte, porque sirven para la discusión de intereses privados y, por otra, porque suponen la igualdad formal entre las partes del juicio. Es así que se ha señalado que “[e]l abandono del procedimiento se asocia estrechamente al principio del impulso procesal, esto es, la carga que tienen todas las 14