ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 93/2021. INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. 28 DE ABRIL DE 2022. PONENTE: JAVIER LAYNEZ POTISEK. SECRETARIA: GABRIELA GUADALUPE FLORES DE QUEVEDO.
Fecha: 30-Sep-2022
En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
Se aprobó por mayoría de diez votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá separándose de algunas consideraciones, Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek y Pérez Dayán, respecto del apartado VI, relativo al estudio de fondo, en su tema I, denominado "Parámetro de regularidad aplicable". El señor Ministro presidente Zaldívar Lelo de Larrea votó en contra.
Se aprobó por unanimidad de once votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa separándose de algunas consideraciones, Ortiz Ahlf, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea por razones distintas y en contra únicamente de la declaración de infundada la omisión legislativa de los conceptos de órgano de vigilancia y órgano de gobierno, respecto del apartado VI, relativo al estudio de fondo, en su tema II, denominado "Definiciones distintas a las contenidas en la ley marco", consistente en declarar infundada la omisión legislativa atinente al artículo 4, salvo su fracción XLIV, de la Ley de Archivos del Estado de Tlaxcala, expedida mediante el Decreto No. 206, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el diez de mayo de dos mil veintiuno. El señor Ministro presidente Zaldívar Lelo de Larrea anunció voto concurrente.
Se aprobó por mayoría de nueve votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá separándose de algunas consideraciones y por razones adicionales, Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf, Aguilar Morales con razones adicionales, Pardo Rebolledo, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán, respecto del apartado VI, relativo al estudio de fondo, en su tema IV, denominado "Acceso a documento no transferido", consistente en reconocer la validez del artículo 38, fracción I, de la Ley de Archivos del Estado de Tlaxcala, expedida mediante el Decreto No. 206, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el diez de mayo de dos mil veintiuno. La señora Ministra Piña Hernández y el señor Ministro presidente Zaldívar Lelo de Larrea votaron en contra. La señora Ministra Piña Hernández anunció voto particular.
Se aprobó por mayoría de diez votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá con razones adicionales, Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea con razones distintas, respecto del apartado VI, relativo al estudio de fondo, en su tema VI, denominado "Declaratorias de patrimonio documental", consistente en reconocer la validez del artículo 80 de la Ley de Archivos del Estado de Tlaxcala, expedida mediante el Decreto No. 206, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el diez de mayo de dos mil veintiuno. La señora Ministra Piña Hernández votó en contra.
Se aprobó por unanimidad de once votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea por consideraciones distintas, respecto del apartado VI, relativo al estudio de fondo, en su tema VII, denominado "Naturaleza jurídica del Archivo General del Estado", consistente en reconocer la validez del artículo 98 de la Ley de Archivos del Estado de Tlaxcala, expedida mediante el Decreto No. 206, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el diez de mayo de dos mil veintiuno.
- I Antecedentes
- Ii Competencia
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Causas De Improcedencia
- Tema I Parámetro De Regularidad Aplicable
- Artículo El Congreso Tiene Facultad
- B Establecer Como Órgano De Coordinación A Un Consejo Local
- D Prever Los Términos Para La Participación De Los Municipios O Alcaldías En Los Consejos Locales
- Tema Ii Definiciones Distintas A Las Contenidas En La Ley Marco
- Xliv Órgano De Vigilancia Al Órgano De Vigilancia Del Archivo General
- Tema Iii Grupo Interdisciplinario Como Parte Del Sistema Institucional
- Ahora Los Artículos De Las Leyes Confrontadas Disponen
- Tema Iv Acceso A Documento No Transferido
- Tema V Registro Estatal De Archivos
- Artículo Los Sujetos Obligados Deberán
- Del Registro Estatal De Archivos
- Tema Vi Declaratorias De Patrimonio Documental
- Ahora El Artículo De La Ley De Archivos Del Estado De Tlaxcala Establece
- Xxvii Realizar La Declaratoria De Patrimonio Documental Público Del Estado
- Tema Vii Naturaleza Jurídica Del Archivo General Del Estado
- Ahora Los Artículos Y Quinto Transitorio Impugnados Establecen
- V Las Estructuras Administrativas Y Órganos Técnicos Establecidos En Su Estatuto Orgánico
- Del Consejo Técnico Y Científico Archivístico
- Primeroes Procedente Y Parcialmente Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- En Relación Con El Punto Resolutivo Quinto
- Iv Inscribir En El Registro Nacional La Existencia Y Ubicación De Archivos Bajo Su Resguardo