AMPARO DIRECTO 64/2013 (CUADERNO AUXILIAR 222/2013). 22 DE MARZO DE 2013. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: CARLOS ALBERTO ZERPA DURÁN. SECRETARIO: ROBERTO CARLOS HERNÁNDEZ SUÁREZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 64/2013 (CUADERNO AUXILIAR 222/2013). 22 DE MARZO DE 2013. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: CARLOS ALBERTO ZERPA DURÁN. SECRETARIO: ROBERTO CARLOS HERNÁNDEZ SUÁREZ.

Fecha: 22-Mar-2013

Con Base En Tales Premisas La Segunda Sala De La Suprema Corte De Justicia De La Nación Concluyó

"... cuando en el juicio de nulidad un pensionado pretende la inclusión en la cuota diaria pensionaria de conceptos distintos al salario tabular, prima de antigüedad y/o quinquenios, le corresponde acreditar su pretensión, no sólo porque existe disposición expresa que le impone esa carga; sino además, porque esos son los únicos que integran la cuota diaria pensionaria, conforme a los artículos tercero y cuarto transitorios de la reforma del treinta y uno de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro, a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, en relación con los artículos 15 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y 23 del Reglamento de Prestaciones Económicas y Vivienda del propio instituto.

"Dicho de otra forma, tomando en cuenta que la cuota diaria pensionaria únicamente se conforma con los conceptos de salario tabular, prima de antigüedad y/o quinquenio; el asegurado sólo podrá reclamar y, por ende, demostrar la inclusión de éstos en su cotización y, en su caso, de encontrarse en alguno de los supuestos de excepción (poderes legislativo y judicial, así como entes autónomos), deberá aportar los elementos de convicción respectivos ..."

Estas afirmaciones las hizo sin dejar de reconocer que los pensionados podrían reclamar los errores consignados en la hoja única de servicios respecto de las cantidades relativas a los conceptos de salario tabular, prima de antigüedad y/o quinquenios, pero sin que eso implicara la inclusión de otros conceptos.