AMPARO DIRECTO 77/2012. 24 DE ABRIL DE 2013. CINCO VOTOS. PONENTE: JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ. SECRETARIO: JULIO VEREDÍN SENA VELÁZQUEZ.
Fecha: 24-Abr-2013
Preinstrucción
a) Cuando en la averiguación previa sí contó con asistencia de intérprete con conocimiento de lengua y cultura, pero ante el Juez no se le respeta este derecho. La hipótesis da lugar a la reposición del procedimiento para que se repare dicha violación.
b) Cuando la violación se actualizó tanto en la averiguación previa, así como en la fase de preinstrucción, dicha vulneración tiene el efecto de generar la reposición del procedimiento para subsanar la violación ante el juzgador y la nulidad de la declaración del inculpado ante el Ministerio Público, así como de las diligencias que de esta última deriven.
- Primera y segunda instancias del proceso. La violación a ese derecho fundamental, necesariamente implicará la reposición del procedimiento.
174. Analizado lo anterior, esta Primera Sala procedió a dar respuesta a la interrogante siguiente: ¿Qué importancia tiene, para el derecho penal, que el artículo 2o. constitucional reconozca que las personas indígenas tienen derecho a regir su vida de acuerdo con sus usos y costumbres?
175. Al respecto, señaló que en el debate en torno a los derechos colectivos de los pueblos indígenas, la idea de un sistema jurídico indígena o derecho indígena es abordada de manera confusa, de modo que se precisa dilucidar los diversos términos que se emplean para referirse a esta idea. Igualmente, la precisión de este concepto resulta imprescindible para la configuración de un efectivo sistema de autonomía de los pueblos indígenas en relación con la administración y procuración de justicia. La importancia de ello radica en la interpretación y validez que de estos conceptos puedan hacer tanto autoridades indígenas como las estatales (Jueces, Magistrados, Ministerios Públicos, etcétera).
176. La ambigüedad del concepto de derecho indígena se presenta debido a tres distintas concepciones que antropólogos, abogados y juzgadores tienen de éste:
- Iii Competencia
- Iv Oportunidad Y Procedencia
- V Existencia Del Acto Reclamado
- Vi Elementos De Estudio
- Vii Estudio De Fondo
- Artículo O La Nación Mexicana Es Única E Indivisible
- Vii Elegir En Los Municipios Con Población Indígena Representantes Ante Los Ayuntamientos
- A La Posesión De Una Estructura Social Diferente A La De Otros Sectores De La Sociedad
- Asimismo En El Posterior Apartado B Del Artículo O De La Carta Magna Dispone
- Al Respecto Se Emitió La Tesis Aislada A Ccxii Del Rubro Y Texto Siguientes
- Traductor Que Traduce Una Obra O Escrito
- En Cuanto Al Intérprete
- En Cuanto Al Defensor
- B Criterios Etnolingísticos O Prueba Pericial Antropológica
- Preinstrucción
- B Derecho Indígena Como Usos Y Costumbres Y
- No Basta La Confesión Para Comprobar El Cuerpo Del Delito
- I Que Por Su Edad Capacidad E Instrucción Tenga El Criterio Necesario Para Juzgar Del Acto
- En Caso De Duda Debe Absolverse
- Artículo Al Que Prive De La Vida A Otro Se Le Impondrá Prisión De Ocho A Veinte Años
- La Existencia De Una Conducta Humana De Acción En Virtud De La Cual Se Prive De La Vida A Otro
- A Cuando El Activo Es Superior En Fuerza Física Y Ésta No Se Encuentre Armada
- Analicemos Cada Una De Estas Afirmaciones En Relación Con Los Elementos Que Las Sustentan
- El Testigo Por Su Edad Capacidad E Instrucción Tenga El Criterio Necesario Para Juzgar El Acto
- El Testigo No Haya Sido Obligado Por Fuerza O Miedo Ni Impulsado Por Engaño Error O Soborno
- Viii Decisión
- Resolución
- Las Normas Transitorias De Referencia Establecen
- La Constancia Obra En Las Páginas A De La Causa Penal
- Foja De La Causa Penal
- Fojas A Del Toca De Apelación Penal
- Adoptado Por El Estado Mexicano El De Marzo De
- Adoptado Por El Estado Mexicano El De Septiembre De
- Véanse En Particular Las Reglas Contenidas En El Capítulo I
- Purhepecha Ralámuli Raicha De Cumbres Del Centro Del Norte Tseltal Y Tsotsil
- Fojas A De La Causa Penal
- Y La Jurisprudencia Dictada Por La Segunda Sala Con El Texto
- Fojas Y De La Causa Penal
- Artículo
- Artículo Garantías Judiciales