AMPARO DIRECTO 77/2012. 24 DE ABRIL DE 2013. CINCO VOTOS. PONENTE: JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ. SECRETARIO: JULIO VEREDÍN SENA VELÁZQUEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 77/2012. 24 DE ABRIL DE 2013. CINCO VOTOS. PONENTE: JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ. SECRETARIO: JULIO VEREDÍN SENA VELÁZQUEZ.

Fecha: 24-Abr-2013

V Existencia Del Acto Reclamado

20. La existencia del acto reclamado a la Primera Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Guerrero quedó legalmente acreditada a partir de su informe justificado, el cual fue recibido el uno de marzo de dos mil doce en la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito. En este informe, dicha autoridad judicial aceptó el acto reclamado, consistente en el dictado de la sentencia definitiva en el toca penal **********, el seis de octubre de dos mil diez, el cual resolvió el recurso de apelación interpuesto por el quejoso contra la sentencia dictada, en primera instancia, por el Juez Mixto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Altamirano, con residencia en San Luis Acatlán, Guerrero. Asimismo, ordenó enviar al Tribunal Colegiado los autos originales que integran el proceso penal, entre los que obra la sentencia definitiva reclamada. Constancias a las cuales se les confiere valor probatorio pleno, con fundamento en el artículo 202 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en términos de lo dispuesto en el numeral 2o. de la Ley de Amparo.