AMPARO DIRECTO 77/2012. 24 DE ABRIL DE 2013. CINCO VOTOS. PONENTE: JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ. SECRETARIO: JULIO VEREDÍN SENA VELÁZQUEZ.
Fecha: 24-Abr-2013
Purhepecha Ralámuli Raicha De Cumbres Del Centro Del Norte Tseltal Y Tsotsil
44. Comité de Derechos Humanos, Observación General No. 32, sobre: "EL DERECHO A UN JUICIO IMPARCIAL Y LA IGUALDAD ANTE LOS TRIBUNALES Y CORTES DE JUSTICIA", CCPR/C/GC/32, 23 de agosto de 2007, párrafos 10, 13, 31 y 32.
45. En lo relativo a la asistencia de intérpretes, la Federación y los Estados deberán generar la infraestructura necesaria para cumplir el derecho constitucional o asistirse mediante convenios de las instituciones que actualmente brindan ese servicio, que de manera ejemplificativa se puede nombrar al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas y a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.
46. Díaz Sarabia, Epifanio, ¿Sistemas normativos, usos y costumbres, o derecho indígena? El caso de los triquis en la Ciudad de México, publicado en http://www.ciesas.edu.mx/proyectos/relaju/cd_relaju/Ponencias/Mesa%20Escalante- greja/DiazSarabiaEpifanio.pdf, revisado el 20 de agosto de 2012.
47. Modelos de Defensa Penal para Imputados Indígenas (s.a.), publicado en http://www.dpp.cl/resources/upload/bbff843724ee902561ab8def3ea5cf37.pdf, revisado el 20 de agosto de 2012 (no se menciona al autor).
48. Diligencia en la que se le informó, por primera ocasión, de la imputación existente en su contra y de las personas que lo acusaban, pues no intervino durante la etapa de averiguación previa. La indagatoria se integró y el Ministerio Público ejerció acción penal y solicitó el libramiento de orden de aprehensión contra el quejoso.
49. La localidad de Yoloxochitl corresponde al Municipio de San Luis Acatlán, Estado de Guerrero, en el que está identificado el asentamiento de comunidades indígenas parlantes de la lengua mixteca -variante de San Luis Acatlán-. Fuente: Catálogo de las lenguas indígenas nacionales: Variantes lingüísticas de México con sus autodeterminaciones y referencias geoestadísticas, emitido por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas. Publicado el 14 de enero de 2008 en el Diario Oficial de la Federación. Además, de acuerdo al registro de lenguas etnológicas del mundo del Serving International Language, la lengua mixteca tiene la variante de Yoloxochitl, que se habla en comunidades del Municipio de San Luis Acatlán, Estado de Guerrero. La información puede consultarse en el link http://www.ethnologue.com/language/xty.
- Iii Competencia
- Iv Oportunidad Y Procedencia
- V Existencia Del Acto Reclamado
- Vi Elementos De Estudio
- Vii Estudio De Fondo
- Artículo O La Nación Mexicana Es Única E Indivisible
- Vii Elegir En Los Municipios Con Población Indígena Representantes Ante Los Ayuntamientos
- A La Posesión De Una Estructura Social Diferente A La De Otros Sectores De La Sociedad
- Asimismo En El Posterior Apartado B Del Artículo O De La Carta Magna Dispone
- Al Respecto Se Emitió La Tesis Aislada A Ccxii Del Rubro Y Texto Siguientes
- Traductor Que Traduce Una Obra O Escrito
- En Cuanto Al Intérprete
- En Cuanto Al Defensor
- B Criterios Etnolingísticos O Prueba Pericial Antropológica
- Preinstrucción
- B Derecho Indígena Como Usos Y Costumbres Y
- No Basta La Confesión Para Comprobar El Cuerpo Del Delito
- I Que Por Su Edad Capacidad E Instrucción Tenga El Criterio Necesario Para Juzgar Del Acto
- En Caso De Duda Debe Absolverse
- Artículo Al Que Prive De La Vida A Otro Se Le Impondrá Prisión De Ocho A Veinte Años
- La Existencia De Una Conducta Humana De Acción En Virtud De La Cual Se Prive De La Vida A Otro
- A Cuando El Activo Es Superior En Fuerza Física Y Ésta No Se Encuentre Armada
- Analicemos Cada Una De Estas Afirmaciones En Relación Con Los Elementos Que Las Sustentan
- El Testigo Por Su Edad Capacidad E Instrucción Tenga El Criterio Necesario Para Juzgar El Acto
- El Testigo No Haya Sido Obligado Por Fuerza O Miedo Ni Impulsado Por Engaño Error O Soborno
- Viii Decisión
- Resolución
- Las Normas Transitorias De Referencia Establecen
- La Constancia Obra En Las Páginas A De La Causa Penal
- Foja De La Causa Penal
- Fojas A Del Toca De Apelación Penal
- Adoptado Por El Estado Mexicano El De Marzo De
- Adoptado Por El Estado Mexicano El De Septiembre De
- Véanse En Particular Las Reglas Contenidas En El Capítulo I
- Purhepecha Ralámuli Raicha De Cumbres Del Centro Del Norte Tseltal Y Tsotsil
- Fojas A De La Causa Penal
- Y La Jurisprudencia Dictada Por La Segunda Sala Con El Texto
- Fojas Y De La Causa Penal
- Artículo
- Artículo Garantías Judiciales