AMPARO DIRECTO 337/2014 (CUADERNO AUXILIAR 533/2014) DEL ÍNDICE DEL CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO, CON APOYO DEL QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN LA PAZ, BAJA CALI
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 337/2014 (CUADERNO AUXILIAR 533/2014) DEL ÍNDICE DEL CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO, CON APOYO DEL QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN LA PAZ, BAJA CALI

Fecha: 17-Oct-2014

Según Se Lee De La Transcripción Siguiente

"********** ... con fundamento en lo dispuesto en los artículos 23, 24, 25 y 26 de la Ley del Servicio Civil de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado, Municipios e Instituciones Descentralizadas de Baja California, expongo: Que por este ocurso vengo a solicitar me sea cubierto el pago de las horas extras a que tengo derecho, computadas a partir desde mi ingreso como custodio penitenciario (**********) a la fecha, y las que se sigan generando hasta el correspondiente pago, ya que presto mis servicios en el horario comúnmente conocido como 24 por 48, es decir, 24 horas de servicio por 48 horas de descanso, generándose así, invariablemente, horas extras cada semana, toda vez que excede de 35 horas que marca la ley de referencia como jornada ordinaria máxima. En efecto, si el suscrito desempeño mis servicios de forma ininterrumpida, con turnos de 24 horas de jornada por 48 horas de descanso, invariablemente se generan semanalmente de forma intercalada jornadas de 48 y 72 horas de servicio (dos de 48 seguida de una de 72, de forma sucesiva e ininterrumpida, esto es, después de la jornada de 72 horas se generan seguidamente otras dos de 48 para seguir de nueva cuenta con otra de 72, y así sucesivamente), excediendo la prevista por la Ley del Servicio Civil de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado, Municipios e Instituciones Descentralizadas de Baja California. De igual forma, solicito el pago de las primas sabatinas y dominicales, así como de las correspondientes a los días de descanso obligatorio, desde mi ingreso a la fecha, y las que se sigan generando, siendo menester indicar que las constancias y documentos relativos a los días laborados por el suscrito se encuentran en esta Oficialía Mayor de gobierno por ser la que efectúa el control, cálculo y pago de las prestaciones económicas y sueldos de los servidores públicos de la administración pública, de conformidad con los artículos 18, fracciones I y II y 19, fracciones I, IV y V del Reglamento Interno de la Oficialía Mayor de Gobierno. Asimismo, solicito copia de las constancias y documentos de referencia. ..."