AMPARO DIRECTO 543/2013. 29 DE ABRIL DE 2014. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE Y PONENTE: LUIS ALFONSO HERNÁNDEZ NÚÑEZ. ENCARGADO DEL ENGROSE: JOSÉ CARLOS RODRÍGUEZ NAVARRO. SECRETARIO: MIGUEL ÁNGEL LUNA GRACIA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 543/2013. 29 DE ABRIL DE 2014. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE Y PONENTE: LUIS ALFONSO HERNÁNDEZ NÚÑEZ. ENCARGADO DEL ENGROSE: JOSÉ CARLOS RODRÍGUEZ NAVARRO. SECRETARIO: MIGUEL ÁNGEL LUNA GRACIA.

Fecha: 11-Jul-2014

Doña Cristina Tiene Usted El Uso De La Voz

"La diputada Cristina González Cruz: Con la venia del señor presidente. Compañeras y compañeros legisladores: hoy nos significa someter a discusión un tema de gran relevancia: la nueva Ley de Amparo, materia central del dictamen que hoy se presenta.

"Se inscribe en el nuevo rumbo que se ha venido trazando en el fortalecimiento y modernización de nuestro sistema jurídico.

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"Es menester hacer de su conocimiento que las modificaciones propuestas son consecuencia y resultado de la modernización de nuestra Carta Magna; de la ampliación del catálogo de los derechos fundamentales; de un nuevo sistema de justicia penal en desarrollo; del fortalecimiento de un Poder Judicial sólido, efectivo y apto; del diálogo constante y la apertura entre las diversas fuerzas políticas para robustecer el medio de tutela constitucional más accesible para los ciudadanos.

"El proceso legislativo tuvo como motor la construcción de un nuevo ordenamiento del juicio de amparo más moderno porque incorpora las nuevas tecnologías informáticas para la imposición del juicio y los recursos; más ágil, porque establece nuevos plazos y nuevas maneras en las que los juzgadores deben de proceder; más transparente porque, de la mano de la modernización, la publicidad de las actuaciones de los juzgados, así como sus resoluciones y sentencias, serán de más fácil acceso y de forma casi instantánea.

"Más simple, porque se replantea el lenguaje técnico empleado para hacer este medio de defensa más asequible y claro; más expedito, porque redistribuye en el trabajo de los tribunales facultades para resolverlas en aras de favorecer la rapidez y la prontitud del desahogo de los procesos, cuya materia es sumamente delicada, la protección de los derechos fundamentales ...

"Y, finalmente, se evita el desgaste institucional del Poder Judicial. Se trata de llenar un vacío, de subsanar la incertidumbre provocada por la disparidad entre las nuevas disposiciones constitucionales y la legislación secundaria, de dar un paso imprescindible en la construcción de una mejor justicia, con la consolidación de un sistema de protección de derechos humanos asequible para todas las mexicanas y los mexicanos.

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"En este sentido, y tomando en consideración los argumentos expuestos con antelación, el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional se suma a la minuta referida, con el propósito de dar certeza y seguridad jurídica a la ciudadanía, razón por la cual votaremos el presente dictamen en sentido aprobatorio y con absoluto respeto a la pluralidad y divergencias ideológicas.

"Es menester también compartirles a ustedes que esta minuta, en su momento, fue suficientemente debatida y discutida por gentes y personalidades expertos en la materia; sin duda alguna por legisladores, por doctrinarios, por Magistrados y gente que conoce en este ámbito del derecho.

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"El presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Honorable asamblea, esta presidencia informa que se han recibido las siguientes reservas: la fracción II del 1o., del 4o.; la fracción I, eliminación del párrafo segundo del 5o.; el propio párrafo segundo del 5o.; el 16; la fracción II del 17; la fracción III del 17; el 40, párrafo y fracción I; la eliminación del párrafo tercero del 75; los incisos a) y b) y adición de un inciso b) a la fracción IV del 79; el 79, último párrafo; el 85, párrafo primero; el 107, adición de una fracción IX; el 117; el 122; el 129; el 129, párrafo último; el 129, párrafo último (sic); 129, párrafo último (sic); 129, fracción I; 129, fracción III; 129, fracción XI; 129, fracción XI (sic); 129, fracción XIII; 129, fracción XIII (sic); 129, fracción XIII (sic); 135; 166; 173, párrafo primero y 173, párrafo cuarto, vigesimosexto y vigesimoséptimo; 174; 192; 198; 217; 231 y 231 (sic). Falta la fracción I del 5o. y la fracción XX del artículo 61.

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