AMPARO DIRECTO 543/2013. 29 DE ABRIL DE 2014. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE Y PONENTE: LUIS ALFONSO HERNÁNDEZ NÚÑEZ. ENCARGADO DEL ENGROSE: JOSÉ CARLOS RODRÍGUEZ NAVARRO. SECRETARIO: MIGUEL ÁNGEL LUNA GRACIA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 543/2013. 29 DE ABRIL DE 2014. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE Y PONENTE: LUIS ALFONSO HERNÁNDEZ NÚÑEZ. ENCARGADO DEL ENGROSE: JOSÉ CARLOS RODRÍGUEZ NAVARRO. SECRETARIO: MIGUEL ÁNGEL LUNA GRACIA.

Fecha: 11-Jul-2014

Votación

"...

"El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no impugnados, por 361 votos, reuniéndose la mayoría calificada de dos terceras partes de los presentes.

"Esta presidencia informa que se han reservado para la discusión en lo particular los siguientes artículos: 94, 100, 103 y 107, por el diputado Jaime Cárdenas Gracia; y el artículo 100 por el diputado Óscar Martín Arce Paniagua.

"Hemos recibido del diputado Jaime Cárdenas Gracia oficio en el que nos hace las siguientes solicitudes:

"Primero. Reservar para su discusión en lo particular los preceptos mencionados en este escrito, lo cual ya hemos hecho, ya han sido enumerados en la asamblea.

"Segundo. Acordar la votación nominal de los preceptos reservados. Todas las votaciones en lo particular son votaciones nominales.

"Tercero. Concederle 30 minutos en tribuna para exponer los argumentos del caso sobre los preceptos reservados.

"Dado que el diputado Cárdenas Gracia tiene cuatro artículos reservados, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo vigésimo cuarto del acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación; y con la facultad que nos concede el artículo 20 en relación a la dirección de los debates a la mesa directiva, se le conceden al diputado Cárdenas Gracia 17 minutos para la exposición de los cuatro artículos reservados.

"El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia: Gracias presidente por su generosidad. Compañeras diputadas, compañeros diputados. Voy a tratar de ser muy sintético en los argumentos.

"Repito que me parece una reforma importante, que se avanza en algunos puntos, pero que es una reforma insuficiente que no está a la altura de las circunstancias que el sistema judicial y los derechos de los ciudadanos demandan del Poder Judicial de la Federación.

"...

"Respecto al artículo 107, compañeras diputadas y compañeros diputados, muchas pudieron ser las reformas y se queda la reforma a medias.

"El interés jurídico, voy brevemente a explicar la importancia de la reforma y por qué es insuficiente. En la actualidad en materia de amparo, para que el amparo sea procedente y el Juez de Distrito entre al fondo, se debe acreditar que el acto de autoridad implica una afectación a la propiedad, a la libertad, a la posesión de una persona. Si no se acredita el agravio personal y directo, que eso es lo que significa interés jurídico, el amparo es improcedente y no se entra al fondo del asunto.

"Según estadísticas de la propia Suprema Corte, de 100 amparos que se presentan todos los días en este país, del 100 por ciento, casi el 70 por ciento de los amparos son desechados porque no se acredita el interés jurídico.

"Esta reforma da un paso adelante, permite que en algunos casos el amparo pueda ser procedente si se acredita un interés legítimo. Sin embargo, la reforma se queda a medias. Debería establecerse el interés legítimo en todo el derecho público, el derecho social y el derecho familiar.

"Permite la reforma el interés legítimo en unos cuantos casos, no lo abre a todo el derecho público ni lo abre al derecho social ni lo abre al derecho familiar. Aquí desde luego hay una limitación importante en el dictamen.

"...

"Ocurre lo mismo en materia de suplencia de la queja. Se amplía la suplencia de la queja; sin embargo, en derecho público, en derecho social y de nuevo en derecho familiar la suplencia de la queja en materia de amparo para beneficiar la protección a los sectores colectivos, al interés general, a los que promueven amparo en materia familiar debiera ser extensiva la suplencia de la queja en todos los casos. Pues no es así, no se hace extensiva en todos los casos.

"...

"Concluyo, presidente, para decir que aunque la reforma contiene, desde luego, avances importantes, es una reforma insuficiente que no está previendo cuestiones importantes para nuestro país.

"Desde mi punto de vista debiera existir en México un tribunal constitucional; que la Suprema Corte debiera ser un máximo tribunal de legalidad; que la Suprema Corte no debiera conocer, como hasta ahora, de cuestiones de legalidad de las que sigue conociendo; que los Ministros de la Suprema Corte, ya que les estamos dando facultades para invalidar normas generales, debieran ser elegidos democráticamente por los ciudadanos; que los Ministros de la Suprema Corte no debieran tener los privilegios salariales que hoy tienen ni de haber de retiro, que además el Consejo de la Judicatura debiera tener más poderes de los que actualmente tiene para administrar, vigilar y disciplinar al Poder Judicial de la Federación, que esos consejeros de la Judicatura debieran ser elegidos democráticamente por los ciudadanos.

"Todos estos temas pues no están recogidos en esta reforma a los artículos 94, 100, 103 y 107 de la Constitución. Yo hecho en falta presidente, compañeros diputados, compañeras diputadas, una reforma que ampliara los mecanismos de defensa de la Constitución, que actualmente no prevé nuestra Constitución.

"...

"Por su atención, compañeros, muchas gracias y espero que voten en lo particular en contra de esta reforma constitucional. Gracias.