AMPARO DIRECTO 139/2018. 23 DE AGOSTO DE 2018. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: IRMA RIVERO ORTIZ DE ALCÁNTARA. PONENTE: EMMA MEZA FONSECA. SECRETARIO: MARTÍN MUÑOZ ORTIZ.
Fecha: 09-Nov-2018
A Pagos Efectuados En México
"c) Inmueble ofrecido como dación en pago.—Finca urbana, consistente en casa habitación ubicada en la calle **********, construida sobre el lote ********** de la manzana **********, dentro del condominio la **********, **********, con un valor de $4’177,400.00, según avalúo efectuado por ing. **********, de diez de agosto de dos mil siete.—Desde este momento, es de hacer notar a su señoría, el falaz y fraudulento actuar por parte de la denunciante, al pretender obtener un beneficio a costa de mi libertad, puesto que desde la instancia ejecutiva mercantil, la señora ********** reclamó la existencia de seis pagarés, cuando la realidad, es que fueron siete pagarés los suscritos y además, pretendió mediante artimañas y en evidente mala fe, obtener más dinero de lo que se había acordado, puesto que no sólo desconoció ante la instancia judicial los pagos hechos a su favor; sino que increíblemente, alteró ilegalmente los pagarés, estableciendo falsamente un interés moratorio que nunca había sido llenado en los documentos, tal y como se establece en las constancias judiciales, que fueron exhibidas en la averiguación previa correspondientes a dicho juicio y en donde fue aprobado fehacientemente la alteración a los títulos de crédito.—Lo anterior cobra relevancia al hacer un análisis de las constancias que se adjuntan: I. Carta de **********. En dicha documental se establece: ‘Por medio del presente envío a usted el soporte documental de las transferencias efectuadas por instrucciones de la ing. ********** durante los meses de febrero y marzo de 2007. En esta razón se adjuntan los soportes de las cuatro transferencias interbancarias, así como las instrucciones de la ing. ********** por una cantidad de $248,047.00 dólares de los Estados Unidos de Norte América (sic) a favor de distintas empresas que ella misma solicitó; cantidades de dinero que fueron depositadas para cubrir parte del préstamo que la ingeniera le otorgó a usted en agosto y septiembre de 2006.’. De los soportes correspondientes, claramente se aprecia que la señora **********, la cual firma sus correos como **********, indicó a qué personas morales debía destinarse el dinero.—II. Correos electrónicos con la lic. **********. En base a las comunicaciones intercambiadas con la abogada de la querellante, podemos establecer lo siguiente: 1. Siempre existió la comunicación respecto de la forma en que se liquidaría el crédito materia de la presente acusación enviando dicha profesionista la siguiente comunicación:
- Considerando
- Así Se Formularon Los Siguientes Pronunciamientos
- Documentales Públicas Y Privadas Presentadas Por La Ofendida Consistentes En
- K Copia Simple De Dos Fotografías A Color Fojas A Tomo I
- Fe De Oficios Y Documentación Anexa
- Las Escrituras Públicas
- Documentales Públicas
- A Pagos Efectuados En México
- Gracias
- Cc
- Avalúopdf
- Asunto Convenio Deuda
- Careos Supletorios De Diez De Julio De Dos Mil Diecisiete
- Careos Constitucionales De Tres De Octubre De Dos Mil Diecisiete
- Documentales Privadas Consistentes En
- Documentales Públicas Y Privadas Consistentes En Copia Fotostática Simple De
- Documentales Públicas Consistentes En
- Iii Las Circunstancias De Tiempo Lugar Modo Y Ocasión Del Hecho Realizado
- V El Derecho A La Reparación Del Daño Derivado De La Comisión De Un Delito
- Vi La Naturaleza Y El Alcance De La Reparación Del Daño Derivado De La Comisión De Un Delito
- Por Tanto La Reparación Debe Comprender Lo Siguiente
- C La Reparación Del Daño Sufrido En La Integridad Física De La Víctima
- G El Pago De Los Gastos Y Costas Judiciales Del Asesor Jurídico Cuando Éste Sea Privado Y
- Iii Elementos Necesarios Para Acreditar Su Existencia En La Vía Penal
- A Deje Insubsistente La Sentencia Reclamada
- Folios Y Tomo Iii
- Aprobada En Sesión De De Mayo De
- Viii Cuando No Se Le Suministren Los Datos Que Necesite Para Su Defensa
- Xi Cuando Debiendo Ser Juzgado Por Un Jurado Se Le Juzgue Por Otro Tribunal
- Xv Cuando La Sentencia Se Funde En Alguna Diligencia Cuya Nulidad Establezca La Ley Expresamente
- El Texto Actualmente Señala
- Folios A Toca De Apelación
- Artículo Tienen Derecho A La Reparación Del Daño
- Artículo Las Víctimas Gozarán De Los Siguientes Derechos
- No Se Pretende Dar Una Definición Exhaustiva
- Viii Destitución E Inhabilitación De Cargos Comisiones O Empleos Públicos
- Artículo Derecho A La Reparación Del Daño Tienen Derecho A La Reparación Del Daño