AMPARO DIRECTO 145/2017. 1 DE JUNIO DE 2017. UNANIMIDAD DE VOTOS, CON VOTO CONCURRENTE DEL MAGISTRADO ROBERTO SUÁREZ MUÑOZ. PONENTE: GUILLERMO CUAUTLE VARGAS. SECRETARIO: JESÚS MANUEL MÉNDEZ MALDONADO.
Fecha: 09-Feb-2018
I Reglas De Impugnación En El Amparo Directo
Conforme al artículo 107, fracción III, inciso a), de la Constitución Federal, así como los diversos 170, 171, 172 y 174 de la Ley de Amparo, la materia del juicio constitucional uniinstancial, además de ser la sentencia definitiva, también incluye las violaciones a las leyes adjetivas que se estimen cometidas durante la sustanciación del proceso natural, ya sea por indebida aplicación de la ley, o por la inconstitucionalidad de ésta, cuando sea el sustento del propio acto que se considere lesivo.
De ese modo, la instrumentación del juicio de amparo directo respecto al estudio de las transgresiones en mención, no es otra cosa que el reconocimiento del principio consecuencial de concentración procesal, el cual se refiere a que, por regla general, la consumación de los distintos actos y diligencias procesales sea próxima entre sí y, en caso de estimar que alguna actuación contravenga la ley adjetiva aplicable, su reclamo debe hacerse hasta el dictado de la sentencia definitiva, para que la secuela del juicio no pierda su concentración.
En efecto, de la interpretación sistemática de los preceptos en consulta se desprende que, previo a que el Tribunal Colegiado se avoque al estudio de las violaciones procesales alegadas por la quejosa, deben satisfacerse los presupuestos y condiciones que a continuación se enuncian:
- Tercerooportunidad De La Demanda
- Cuartosentencia Reclamada Y Conceptos De Violación
- Quintoestudio
- A Antecedentes Relevantes
- I Calificación De Las Posiciones Formuladas En La Prueba Confesional
- I Reglas De Impugnación En El Amparo Directo
- D Que Trascienda Al Resultado Del Fallo Artículo Y
- Ii Caso Particular
- Ii Indebida Distribución De Las Cargas Procesales
- Motivos De Disenso Que Se Estiman Infundados
- Iii Transgresión A La Litis De Segunda Instancia
- Motivo De Disenso Que Resulta Infundado
- Artículo La Sentencia De Segunda Instancia Se Sujetará A Lo Siguiente
- Iv Valoración De La Prueba Confesional
- Motivos De Disenso Que Resultan Infundados
- Artículo
- V Eficacia Del Título
- I Prescripción Adquisitiva
- Pública
- Ii Posesión De Buena Fe
- Iii El Que Ignora Que Su Título Es Insuficiente
- Iii Caso Particular
- Vi Interrupción De La Posesión De Buena Fe
- Vii Inicio De La Posesión
- C Decisión
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve Que
- Vii Sin Su Culpa Se Reciban Sin Su Conocimiento Las Pruebas Ofrecidas Por Las Otras Partes
- Ii Los Autos Cuando Resuelvan Un Incidente O Expresamente Lo Disponga Este Código
- Artículo La Usucapión Se Interrumpe