AMPARO DIRECTO 133/2014. 9 DE MAYO DE 2014. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ÉDGAR BRUNO CASTREZANA MORO, SECRETARIO DE TRIBUNAL AUTORIZADO POR LA COMISIÓN DE CARRERA JUDICIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL PARA DESEMPEÑAR LAS FUNCIONES DE MAGISTR
Fecha: 23-Mar-2018
Iv En Los Ayuntamientos
"A) Los que integran la Planta del Despacho del presidente municipal y aquellos cuyo nombramiento y ejercicio requieran la aprobación expresa del presidente municipal o del Ayuntamiento.
"B) El secretario del Ayuntamiento, el oficial mayor, el tesorero, el contralor, los directores y subdirectores, jefes y subjefes de departamento, jefes y subjefes de área y oficina, los oficiales del Registro Civil, los auditores, programadores, auxiliares de informática, operadores del sistema de cómputo, capturistas, que operen datos presupuestales, contables y financieros, inspectores, supervisores, investigadores científicos, asesores, capitanes, patrones o sobrecargos de embarcaciones, draga o aeronaves, bodegueros, almacenistas, recaudadores de rentas, cajeros pasantes y en general todos los trabajadores que manejen fondos o valores, los auditores y todo el personal que practique auditorías o participen directamente en ellas.
"C) Los miembros de las alcaldías y el personal que preste sus servicios a las mismas, con excepción de las secretarias que no lo sean del alcalde, del tesorero o de los concejales, y de los directores y jefes de departamento de dicha alcaldía, y el personal de intendencia.
"D) Los presidentes y vocales ejecutivos de Juntas, consejos, fideicomisos y comisiones y las secretarias o secretarios privados, particulares o auxiliares.
- Violaciones Procesales
- La Controversia Fue Resuelta Por El Tribunal Responsable Conforme A Las Consideraciones Siguientes
- Sexto Se Condenó Al Ayuntamiento Al Pago De Aguinaldo Proporcional Y Prima Vacacional
- No Fue Acertado Que La Ley Federal Del Trabajo Se Aplicara En Forma Supletoria
- Cita De Textos A Pie De Página
- Esa Cita Se Relacionó Con La Consideración Siguiente
- Invocación Supletoria De La Ley Federal Del Trabajo
- Falta De Decisión Sobre El Reclamo De Entrega De Comprobantes De Seguridad Social
- Certeza De La Fecha De Ingreso Y Salario
- Absolución Del Pago Por Tiempo Extraordinario
- Declaratoria Sobre La Inexistencia Del Despido
- Calidad De Confianza Del Trabajador
- I En El Poder Legislativo
- Ii En El Poder Ejecutivo
- B El Personal De La Secretaría Particular Del Ejecutivo Del Estado
- D Los Presidentes Y Vocales Ejecutivos De Juntas Consejos Y Comisiones
- Iii En El Poder Judicial
- Iv En Los Ayuntamientos
- E Todos Los Miembros De Las Diversas Corporaciones De Seguridad Pública Y Tránsito
- Los Empleados Que Señale La Ley O Decreto Por El Que Se Crea Y De No Especificarlo
- C El Trabajo Desempeñado En Relación Con La Adscripción A Ciertos Niveles O En Ciertas Áreas
- Omisión Del Pago De Vacaciones Y Prima De Antigedad
- Efectos
- A Deje Insubsistente El Laudo Reclamado
- Medidas Para El Cumplimiento
- Por Tanto Es De Resolverse Y Se Resuelve
- Foja Del Juicio Laboral
- Cfr Ibíd Pp
- Iii El Objeto De La Demanda
- Artículo La Duración Máxima De La Jornada Mixta Será De Siete Horas Y Media
- Iii Trabajadores Supernumerarios
- Artículo Son Trabajadores De Confianza
- Artículo A Ninguna Ley Se Dará Efecto Retroactivo En Perjuicio De Persona Alguna
- Artículo Procede El Recurso De Revisión
- Iii Omita Cumplir Cabalmente Con La Resolución Que Establece La Existencia Del Exceso O Defecto Y