AMPARO DIRECTO 133/2014. 9 DE MAYO DE 2014. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ÉDGAR BRUNO CASTREZANA MORO, SECRETARIO DE TRIBUNAL AUTORIZADO POR LA COMISIÓN DE CARRERA JUDICIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL PARA DESEMPEÑAR LAS FUNCIONES DE MAGISTR
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 133/2014. 9 DE MAYO DE 2014. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ÉDGAR BRUNO CASTREZANA MORO, SECRETARIO DE TRIBUNAL AUTORIZADO POR LA COMISIÓN DE CARRERA JUDICIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL PARA DESEMPEÑAR LAS FUNCIONES DE MAGISTR

Fecha: 23-Mar-2018

Sexto Se Condenó Al Ayuntamiento Al Pago De Aguinaldo Proporcional Y Prima Vacacional

• Séptimo. Se absolvió al demandado, entre otras prestaciones, del pago de: tiempo extraordinario, bajo el argumento de que no acreditó haberlo laborado y tampoco precisó los días en que se desempeñó de forma extraordinaria; y salarios devengados, pues a decir de la responsable, el actor tenía la carga de probar que no le habían sido pagados y no probó tal extremo.(7)

Cabe señalar que en el laudo reclamado no se hizo pronunciamiento alguno sobre la procedencia del reclamo de pago de vacaciones.

Ahora bien, mediante amparo, el quejoso ataca lo resuelto por la responsable. Del análisis integral de tal escrito, se advierte que, en lo sustancial, alega que: