AMPARO DIRECTO 4/2021. 16 DE JUNIO DE 2021. CINCO VOTOS DE LA MINISTRA NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ Y LOS MINISTROS JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, QUIEN SE RESERVA EL DERECHO A FORMULAR VOTO CONCURRENTE, Y ALFREDO G
Fecha: 02-Dic-2022
La Rendición De Informes Médicos Sobre El Estado De Salud Del Quejoso Como Salvaguardia
212. Respecto de esa medida, el quejoso esencialmente aduce que la rendición de informes mensuales sobre el control de su salud mental, por parte de una institución pública de salud, no es una salvaguardia, porque no cumple con los caracteres que la CDPD señala para éstas; además que no se toma en cuenta su voluntad y preferencias pues se establece sin su consentimiento; y con ella, dice, se vulneran varios de sus derechos tales como: su derecho a decidir sobre su vida, salud, tratamiento, lugar dónde recibir atención médica, su derecho a la privacidad y a la protección de su información, pues su expediente clínico es un dato sensible que requiere ser protegido para evitarle daños como la exclusión y la discriminación.
213. Asimismo, plantea que es una medida que vulnera su derecho de igualdad y no discriminación porque las demás personas no están conminadas a someterse a revisiones médicas mensuales, por lo que se trata de un control directo sobre su persona, que lo coloca en un plano de desigualdad en la sociedad y le limita en el ejercicio de sus derechos, además que puede erigirse como un tratamiento forzoso sustitutivo de su voluntad, basado en la discriminación por su condición de discapacidad, que inclusive puede constituir una forma de tortura o maltrato, por realizarse sin su consentimiento; y se restringe su derecho de libertad personal y a una vida independiente, porque se le obliga a permanecer en esta ciudad para acudir a la institución designada por el juzgador, en la periodicidad y para el fin determinado.
- Sentencia En Formato De Lectura Fácil
- Primeroantecedentes Los Necesarios Para Conocer El Asunto Se Precisan Enseguida
- Considerando
- La Sentencia De Apelación Reclamada Se Sustenta En Las Siguientes Consideraciones Torales
- Respecto Del Recurso De Apelación Planteado Por El Solicitante
- Así En La Sentencia Reclamada Se Precisaron Los Resolutivos Siguientes
- Para Demostrar Lo Anterior Se Refiere A Cada Uno De Los Derechos Anteriores De La Siguiente Manera
- Reformado Go De Mayo De
- Reformada Go De Mayo De
- Reformado Go De Enero De
- Artículo
- Reformado Go De Noviembre De
- Reformado Primer Párrafo Dof De Enero De
- Reformada Dof De Julio De
- Reformada Dof De Marzo De
- Reformado Dof De Diciembre De
- Reformado N De E Adicionado Go De Mayo De
- Reformado Dof De Marzo De
- Reformado Go De Septiembre De
- Reformada Dof De Enero De
- Artículo Tienen Incapacidad Natural Y Legal
- Lo Anterior Es Fundado
- La Rendición De Informes Médicos Sobre El Estado De Salud Del Quejoso Como Salvaguardia
- Esa Argumentación Es Esencialmente Fundada
- Tal Argumento Se Estima Infundado
- Es Fundado Este Argumento
- Los Argumentos De La Representante Social Referida Son Inoperantes
- En Consecuencia Procede Negar El Amparo Adhesivo
- Por Lo Expuesto Y Fundado Esta Primera Sala
- En Adelante El Quejoso O Solicitante Del Amparo
- Resuelta Bajo La Ponencia Del Señor Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena
- I Por La Muerte Del Pupilo O Porque Desaparezca Su Incapacidad
- I Los Menores De Edad
- Artículo Igual Reconocimiento Como Persona Ante La Ley
- A Los Fines De La Presente Convención
- Ambos Precedentes Quedaron Resueltos Por Esta Sala En La Misma Sesión
- Preámbulo
- Consejo Nacional Para Prevenir La Discriminación Capacidad Jurídica Tomo Iv
- Consejo Nacional Para Prevenir La Discriminación Capacidad Jurídica Tomo Iv Página
- Informe Ahrc De Veinte De Diciembre De Dos Mil Dieciséis
- Dworkin Roland Los Derechos En Serio A Ed Ariel Barcelona Página
- Íbid Página
- Ídem Párrafos Y Siguientes
- Derecho A Vivir De Forma Independiente Y A Ser Incluido En La Comunidad
- Amparo En Revisión Párrafo
- Habilitación Y Rehabilitación
- Ley De La Defensoría Pública Del Distrito Federal
- Viii Administrativo Ante Los Consejos De Honor Y Justicia Y
- Xxi Instituto Instituto De Las Personas Con Discapacidad De La Ciudad De México
- Atribuciones
- Participación En La Vida Política Y Pública
- El Amparo Adhesivo Únicamente Procederá En Los Casos Siguientes
- Reformado Dof De Junio De