AMPARO DIRECTO 724/2020. INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. 23 DE SEPTIEMBRE DE 2021. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: HÉCTOR LANDA RAZO. SECRETARIA: YOLITZMA YASMIN ROSALES MÁRQUEZ.
Fecha: 10-Jun-2022
Radiculopatía Lumbosacra
"La radiculopatía lumbosacra constituye el grueso de esta patología y se calcula que 7-9 de cada 10 pacientes que la presentan en la región lumbar. Aproximadamente 12 millones de estadounidenses padecen de enfermedad degenerativa del disco. Los niveles más comprometidos son especialmente L4-L5 y L5-S1. A diferencia de la radiculopatía cervical, las raíces lumbosacras pueden ser lesionadas no sólo en su trayecto de salida del canal vertebral, sino también dentro del mismo, para conformar el síndrome de cauda equina. Además, también es posible que exista compromiso radicular bilateral.
"Clínica.
"La mayoría de los cuadros de hernia lumbar, son precedidos de episodios de dolor de espalda con diferentes grados de duración y en muchos casos el periodo de iniciación no puede ser precisado. El término ciática es utilizado para el síndrome doloroso que se localiza en el trayecto del nervio ciático. La tendencia actual es abandonar su uso y sustituirlo por el de radiculopatía. El dolor es neuropático, causado por irritación o compresión de una o más raíces y se describe como urente, semejante a una corriente eléctrica por el recorrido del nervio, acompañado de entumecimiento que irradia a la extremidad inferior. La localización del dolor. Sigue la distribución del dermatoma de la raíz comprometida. El dolor mejora generalmente cuando el paciente está en posición supina con flexión de los miembros inferiores.
"Manejo médico legal. De acuerdo con la historia clínica médica, laboral y a los padecimientos actuales y su evolución, los exámenes de gabinete, paraclínicos y de laboratorio realizados, se concluye que el actor (sic) (**********), número de afiliación (**********), con diagnósticos anteriormente referidos en los incisos: A) síndrome doloroso crónico a nivel cérvico-lumbar; B) cambios óseos crónico-degenerativos; C) rectificación del eje mecánico cervical; D) escoliosis lumbar de concavidad izquierda; E) hemangioma en el cuerpo vertebral de C5; F) protrusiones discales foraminales izquierdas en L3-L4 y L4-L5 con compresión de las raíces emergentes; G) protrusión discal en L5-S1; H) discopatía a nivel de LS-S1; I) datos de carga medial; J) radiculopatía crónica de las raíces de CS-C6 de predominio derecho y radiculopatía crónica de las raíces de L4 a L5 y L5-S1 bilateral de predominio derecho; y, K) oído derecho con hipoacusia conductiva media. Refiere el actor (sic) que inició hace aproximadamente 15 años cuando siente dolores intensos a nivel de su cuello, causándole molestias para permanecer en una sola posición, o incluso al movilizar; su padecimiento de complica hace 5 años, cuando ese dolor se extiende más abajo hacia su zona lumbar agregándose dolor en sus extremidades superiores e inferiores de manera bilateral. Además de sentir sus piernas y brazos adormecidas y en ocasiones limitándole la movilidad para hacer uso de sus extremidades para caminar, agacharse, sentarse, entre otras actividades, el actor (sic) va en múltiples ocasiones al médico donde le recetaban analgésicos y antinflamatorios sin lograr ninguna mejoría o progresión, al contrario sus padecimientos siguen aumentando por lo que éstos no le permiten tener una actividad laboral y de la vida diaria adecuadas, por no poder realizar sus funciones laborales adecuadamente por las secuelas de sus padecimientos, por lo que decide realizar la demanda laboral. Esto dificultándole realizar sus actividades adecuadamente, así como no tener una vida diaria ideal o agradable, por no poder tener una comunicación adecuada o participar en el rol familiar recreativo, por lo que esto lo lleva a periodos frecuentes de depresión con dificultad para la aceptación de su entorno familiar y laboral que le afectaba, por lo que los diagnósticos anteriormente referidos con los incisos A), B), C), D), E), F), G), H), I), J) y K), se consideran como una enfermedad general que le ocasionan una patología degenerativa, lo cual no tiene relación con un accidente o enfermedad laboral pero en relación con el puesto laboral o de trabajo se considera que hay un estado de invalidez definitiva y permanente por lo que no puede tener una vida laboral y diaria adecuadas sin que presente dolores o molestias permanentes, y que no son corregibles en su totalidad con tratamientos quirurúrquicos (sic) o médicos, éste de etiología idiopática resaltando de su último estado de salud de su perfil laboral, deberá darse por el Instituto Mexicano del Seguro Social desde un punto de vista médico legal el diagnóstico de invalidez definitiva y permanente ante su trabajo, ya que tiene todos los requisitos del artículo 119 de la Ley del Seguro Social, el cual menciona: Que existe invalidez cuando el asegurado se haya imposibilitado para procurarse mediante un trabajo igual, una remuneración superior al 50 % (cincuenta por ciento) de su remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo y esa imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesional; con lo anterior se manifiesta que la actora **********, está imposibilitada para procurarse mediante un trabajo el cincuenta por ciento de sus ingresos ordinarios que, como se acreditó o se hizo mención, su último salario percibido es a razón de $********** pesos, actualmente presenta un grado importante de lesión en su columna cervical y lumbar y sus extremidades superiores e inferiores en forma bilateral y su aparato auditivo; le es imposible realizar movimientos básicos y hasta caminar trayectos cortos, siendo tratada médicamente en varias ocasiones, sin presentar ninguna mejoría, por lo que su estado general de salud, se determina que existe un estado de invalidez definitiva y permanente, tomando en cuenta que el actor (sic) no presenta un estado de salud ideal para realizar sus actividades laborales. En referencia a la Ley General de Salud, título noveno, capítulo único, artículo 173, de observancia de obligatoria generalo (sic) mencionada que para efecto de la ley se entiende por invalidez la limitación en la capacidad de una persona para realizar por ella misma actividades necesarias para su desempeño físico, mental social ocupacional y económico, esto como consecuencia de una insuficiencia somática o social; también dentro de la Ley Federal del Trabajo, de conformidad con el artículo 481 la existencia de estados anteriores tales como idiosincrasias, taras, discrasis, intoxicaciones o enfermedades crónicas no es casusa para disminuir el grado de la incapacidad, ni las prestaciones que correspondan al trabajador; asimismo, en la Ley del Seguro Social, en el artículo 45 menciona la existencia de estados anteriores tales como discapacidad física, mental o sensorial, intoxicaciones o enfermedades crónicas no es causa para disminuir el grado de la incapacidad temporal permanente, ni las prestaciones que corresponden al trabajador.
"Ni enfermedad profesional ni accidente de trabajo se considera el diagnóstico del inciso L), síndrome ansioso depresivo moderado. Sin lugar a valuación, por ser enfermedad (sic) generales que pueden ser manejado (sic) y en algunas ocasiones parcialmente corregido con un tratamiento médico especializado o de tercer nivel.
- Considerando
- Valoración De Las Excepciones Opuestas
- Sine Actione Agis Se Transcribe Texto
- Se Transcriben Datos De Localización
- Artículo Se Transcribe Texto
- Vicios Formales Del Laudo
- Certificado De Derechos Hoja Indexa Y El Valor De La Inspección Ocular
- En Relación Con Los Criterios De Jurisprudencia Y Ejecutorias Que Cita Se Refiere
- Valoración De Las Periciales
- De Mayo De Al De Septiembre De De Encargado General
- Luego En Relación Con Las Actividades Precisó
- El Perito Designado Como Tercero En Discordia Dictaminó Lo Siguiente
- A Antecedentes Heredo Familiares No Patológicos Y Patológicos
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- Hemangioma En El Cuerpo Vertebral De C
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- Concluyendo Lo Siguiente
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- El Perito Del Actor Rindió El Siguiente Dictamen
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- Antecedentes Médicos Patológicos Y No Patológicos Familiares
- Padecimiento Actual
- Estudios E Interconsultas Valoradas Por El Médico Perito De La Parte Actora
- E Hemangioma En El Cuerpo Vertebral De C
- I Datos De Carga Medial
- Pronóstico
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