AMPARO DIRECTO 724/2020. INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. 23 DE SEPTIEMBRE DE 2021. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: HÉCTOR LANDA RAZO. SECRETARIA: YOLITZMA YASMIN ROSALES MÁRQUEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 724/2020. INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. 23 DE SEPTIEMBRE DE 2021. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: HÉCTOR LANDA RAZO. SECRETARIA: YOLITZMA YASMIN ROSALES MÁRQUEZ.

Fecha: 10-Jun-2022

Se Transcriben Datos De Localización

"‘EXCEPCIÓN DE OSCURIDAD Y DEFECTO EN LA DEMANDA LABORAL, CUANDO ES IMPROCEDENTE LA.’ (se transcribe texto)

"Por lo que respecta a la excepción de prescripción que hizo valer el demandado Instituto Mexicano del Seguro Social, en términos de los artículos 279 de la Ley del Seguro Social derogada, y sus similares 300 y 302 de la Ley del Seguro Social vigente, tenemos que la pensión por invalidez es imprescriptible, toda vez que el derecho al otorgamiento de una pensión, ayuda asistencial o asignación familiar es inextinguible, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 280 de la Ley del Seguro Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de marzo de 1973, y su similar artículo 301 de la Ley del Seguro Social vigente, los cuales, en esencia, establecen lo mismo; al respecto, la última de las disposiciones jurídicas estipula lo siguiente: