CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS) 3/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR EL PRIMER Y EL SEGUNDO TRIBUNALES COLEGIADOS EN MATERIA PENAL DEL SÉPTIMO CIRCUITO. 5 DE DICIEMBRE DE 2022. UNANIMIDAD DE SEIS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS VICENT
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS) 3/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR EL PRIMER Y EL SEGUNDO TRIBUNALES COLEGIADOS EN MATERIA PENAL DEL SÉPTIMO CIRCUITO. 5 DE DICIEMBRE DE 2022. UNANIMIDAD DE SEIS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS VICENT

Fecha: 24-Mar-2023

Terceroestudio Y Resolución Del Conflicto

"Puntualizado lo anterior, se procede al análisis del conflicto surgido a virtud de la separación de juicios en cuestión, y que tuvo como fuente directa la demanda de amparo presentada por **********, contra actos del director del Centro Federal de Readaptación Social Número 5 ‘Oriente’, residente en la Congregación Cerro de León del Municipio de Villa Aldama, Veracruz, entre otras.

"En principio, importa mencionar que el nombrado quejoso reclamó en el libelo constitucional de la citada autoridad responsable y otras, los siguientes actos:

"‘... La ilegal e inconstitucional orden de incomunicación y castigo, consistente en mantenerlos aislados en un cuarto oscuro muy pequeño denominado celda de aislamiento, en donde quienes son encerrados ahí son privados de recibir sus alimentos con regularidad y son víctimas de segregación, infamias, tormento, penas trascendentales, al ser un cuarto oscuro muy pequeño, donde los tienen encerrados, sin haber cometido falta alguna, que se traducen (sic) un castigo o pena inusitada, actos que se encuentran prohibidos por el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 15 de la Ley de Amparo, y los cuales son cometidos en contra de los ciudadanos **********, ********** ...