CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 12/2023. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y CUARTO, AMBOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO. 1 DE MARZO DE 2023. TRES VOTOS DE LA MAGISTRADA ROSA MARÍA GALVÁN ZÁRATE Y DE LOS MAGISTRADOS J
Fecha: 14-Abr-2023
Emita Un Nuevo Laudo En El Que Siguiendo Los Lineamientos Precisados En Esta Sentencia
"• Determine que los argumentos expresados por la entidad demandada en los que sustenta sus excepciones y defensas, en términos del segundo párrafo de la fracción V del artículo 25 de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios, aplicable al momento de presentación de la demanda laboral, torna inoperantes esas defensas, en consecuencia, proceda a imponer condena respecto de las prestaciones que resulten procedentes y reitere lo demás decidido desvinculado de la concesión de amparo.
"• En virtud de lo fundado de los aspectos del concepto de violación analizado, resulta innecesario el estudio del resto de lo alegado, por cuanto que en ellos, reiteradamente, se combaten las razones por las cuales el tribunal responsable calificó como de buena fe el ofrecimiento de trabajo propuesto, así como la justipreciación de los medios de convicción aportados al juicio laboral y lo probado o no con éstos, debido a que no mejorarían lo ya obtenido por el quejoso."
v. En cumplimiento a la anterior ejecutoria de amparo, la autoridad responsable dictó el laudo de veintiséis de octubre de dos mil veinte, en el cual, condenó al Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, a reinstalar al trabajador en el puesto que venía desempeñando, así como a diversas prestaciones accesorias, entre ellas, al pago de las aportaciones ante el Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco y Sistema Estatal de Ahorro para el Retiro, que se hubieran dejado de realizar desde la fecha del despido injustificado, catorce de mayo de dos mil quince, hasta el día previo en que se llevara a cabo la reinstalación.
vi. Inconforme con el laudo anterior, el Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, promovió juicio de amparo directo, del que correspondió conocer al Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, con el expediente DT. **********, resolviéndose en sesión de veintiuno de octubre de dos mil veintiuno, conceder la protección federal, para el efecto de que la autoridad responsable realice lo siguiente:
- Trámite De La Denuncia De Contradicción
- Ii Competencia
- Iii Legitimación
- Iv Criterios Denunciados
- El Asunto Tuvo Su Origen En El Juicio Laboral Cuyos Antecedentes Son Los Siguientes
- Emita Un Nuevo Laudo En El Que Siguiendo Los Lineamientos Precisados En Esta Sentencia
- Dicte Un Nuevo Laudo En Lugar Del Anterior En El Que
- B Reitere El Resto De Lo Decidido Que No Fue Materia De La Concesión Otorgada
- Lo Anterior Con Base En Las Consideraciones Que Se Reproducen Enseguida
- Acción Necesidad De Satisfacer Los Presupuestos De La Se Transcribe Su Texto
- Capítulo Único
- De Los Artículos Transcritos Es Dable Obtener Entre Otras Premisas Jurídicas Las Siguientes
- Reitere Lo Que No Es Materia De Concesión En La Presente Ejecutoria
- Deje Insubsistente El Laudo
- Realice Las Operaciones Aritméticas Correspondientes Hasta La Fecha De Emisión Del Laudo
- V Análisis Sobre La Existencia De Contradicción De Criterios
- Primer Requisito Realización De Un Ejercicio Interpretativo
- Segundo Requisito Punto De Toque Y Diferendo En Los Criterios Interpretativos
- Vi Estudio De Fondo
- Artículo Para Los Efectos De Esta Ley Se Entenderán Como Titulares
- De Cuyo Contenido Se Obtiene Lo Siguiente
- De La Seguridad Social
- Artículo En Caso De Maternidad Se Estará A Lo Dispuesto Por El Art De Esta Ley
- De Los Citados Preceptos Legales Se Aprecia Lo Siguiente
- Guadalajara Jalisco Treinta De Abril De Mil Novecientos Noventa Y Seis
- Exposición De Motivos
- Disposiciones Generales
- A La Preservación Del Régimen De Beneficio Definido
- B La Consolidación Del Sistema Complementario De Aportación Definida
- Artículo O Para Los Efectos De Este Reglamento Se Entiende Por
- Viii Cuenta Individual El Registro En El Fideicomiso Por Cada Fideicomisario
- Xii Fideicomitente La Entidad Pública Patronal Adherida Voluntariamente Al Sedar
- Xv Ley Del Ipejal La Ley Del Instituto De Pensiones Del Estado De Jalisco
- Xvii Sedar El Formato De Designación De Beneficiarios
- Xx Sedar El Formato De Solicitud Del Retiro De Los Recursos De La Cuenta Individual
- Xxv Vol El Subfondo De Aportaciones Voluntarias
- Del Procedimiento Ante El Tribunal De Arbitraje Y Escalafón
- Vi La Equidad
- Iv Causa De Rescisión De La Relación De Trabajo
- Vii El Contrato De Trabajo
- Xiii Pago De La Participación De Los Trabajadores En Las Utilidades De Las Empresas Y
- Iii Controles De Asistencia Cuando Se Lleven En El Centro De Trabajo
- V Los Demás Que Señalen Las Leyes
- Vii Decisión
- Primeroexiste La Contradicción De Criterios Denunciada