CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 12/2023. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y CUARTO, AMBOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO. 1 DE MARZO DE 2023. TRES VOTOS DE LA MAGISTRADA ROSA MARÍA GALVÁN ZÁRATE Y DE LOS MAGISTRADOS J
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 12/2023. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y CUARTO, AMBOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO. 1 DE MARZO DE 2023. TRES VOTOS DE LA MAGISTRADA ROSA MARÍA GALVÁN ZÁRATE Y DE LOS MAGISTRADOS J

Fecha: 14-Abr-2023

Trámite De La Denuncia De Contradicción

1. Mediante oficio de treinta de septiembre de dos mil veintidós, la Magistrada Armida Buenrostro Martínez, integrante del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, denunció la posible contradicción de criterios entre los sustentados por ese órgano colegiado al resolver el amparo directo ********** y, el sostenido por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, al resolver el amparo directo **********.

2. Por acuerdo de seis de octubre de dos mil veintidós, la presidenta del Pleno en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, ordenó formar y registrar el expediente de contradicción de criterios 10/2022; asimismo, consideró innecesario solicitar copia certificada de las ejecutorias que motivaron los criterios contendientes, en virtud de que sus versiones electrónicas tienen el carácter de hecho notorio para el órgano jurisdiccional resolutor; derivado de lo anterior, únicamente les solicitó su informe relativo a si los criterios sustentados continuaban vigentes, los cuales se tuvieron por rendidos mediante proveídos de trece y catorce de octubre del citado año.

3. Por auto de presidencia del entonces Pleno en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, de veintiuno de octubre de dos mil veintidós (fojas 128 a 131), se tuvo por recibido el informe rendido por el director general de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el cual señaló que en el Alto Tribunal no existía radicada contradicción de criterios alguna, respecto del tema a que se contrae el escrito de denuncia.

4. El dieciséis de enero de dos mil veintitrés, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo General 108/2022 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la creación, denominación e inicio de funciones de los Plenos Regionales de las Regiones Centro-Norte y Centro-Sur, así como su competencia, jurisdicción territorial y domicilio; motivo por el cual, se ordenó la remisión del presente asunto a este Pleno Regional.

5. Por auto de uno de febrero de dos mil veintitrés, la presidenta de este Pleno Regional tuvo por recibido el expediente correspondiente a la contradicción de criterios 10/2022 del índice del Pleno en Materia de Trabajo del Tercer Circuito; asimismo, ordenó radicarlo bajo el expediente 12/2023; y, turnarlo a la ponencia a su cargo, para la elaboración del proyecto respectivo; y,