CONTRADICCIÓN DE TESIS 15/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL SEXTO, EL VIGÉSIMO PRIMERO Y EL VIGÉSIMO SEGUNDO TRIBUNALES COLEGIADOS, TODOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. 12 DE JULIO DE 2022. MAYORÍA DE VEINTE VOTOS DE LOS MAGISTRADOS
Fecha: 11-Nov-2022
Adicionada Dof De Junio De
"X. Que en la sentencia se haya declarado la nulidad, con motivo de la inaplicación de una norma general, en ejercicio del control difuso de la constitucionalidad y de la convencionalidad realizado por la Sala, Sección o Pleno de la Sala Superior."
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 390/2012 determinó que el Constituyente Permanente, al establecer en la fracción III, antes I-B, del artículo 104 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que los tribunales de la Federación conocerán del recurso de revisión que se interponga contra las resoluciones definitivas de los Tribunales de lo Contencioso Administrativo sólo en los casos que señalen las leyes, creó a favor de la autoridad administrativa que obtenga un fallo adverso de dichos tribunales, un medio de defensa excepcional de la legalidad de sus resoluciones y delegó en el legislador ordinario la atribución de establecer de manera expresa los supuestos y requisitos de procedencia de dicho medio de impugnación.
Así, el recurso de revisión es procedente contra las sentencias emitidas por el Pleno, las Secciones de la Sala Superior o por las Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Administrativa que decreten o nieguen el sobreseimiento en el juicio contencioso administrativo federal, siempre y cuando se satisfagan los requisitos siguientes:
- Resultando
- Considerando
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
- Transitorios Del Decreto De Once De Marzo De Dos Mil Veintiuno
- Artículo Las Contradicciones De Tesis Serán Resueltas Por
- Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación
- Transitorio Del Decreto De Siete De Junio De Dos Mil Veintiuno
- Tercerotema De Contradicción
- Conforme A Lo Explicado Se Impone Desechar El Recurso De Revisión
- Revisión Fiscal
- Iii Autoridad Demandada
- Iii La Parte Actora Probó Los Hechos Constitutivos De Su Pretensión En Consecuencia
- V Notifíquese
- Transcribe
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se
- Así Como La Tesis De Jurisprudencia Pj De Contenido Siguiente
- Adicionada Dof De Junio De
- I Por Razón De La Cuantía Fracción I
- Exposición De Motivos
- Texto Que Fue Aprobado En El Decreto De Reformas De Trece De Junio De Dos Mil Dieciséis
- Vigente Hasta El Siete De Junio De Dos Mil Veintiuno
- Fojas A Del Juicio De Nulidad
- Artículo Las Contradicciones De Criterios Serán Resueltas Por