CONTRADICCIÓN DE TESIS 15/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL SEXTO, EL VIGÉSIMO PRIMERO Y EL VIGÉSIMO SEGUNDO TRIBUNALES COLEGIADOS, TODOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. 12 DE JULIO DE 2022. MAYORÍA DE VEINTE VOTOS DE LOS MAGISTRADOS
Fecha: 11-Nov-2022
Vigente Hasta El Siete De Junio De Dos Mil Veintiuno
5. Se precisa que la ejecutoria recaída en el recurso de revisión RF 146/2020, del Vigésimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, de veintidós de octubre de dos mil veinte, son exactamente las mismas consideraciones que motivaron el desechamiento, por improcedente, a las contenidas en la ejecutoria del expediente RF 162/2020, con la única diferencia de la precisión de la resolución impugnada en el juicio contencioso, en este caso, la contenida en el oficio ********** de nueve de julio de dos mil diecinueve, emitida también por la directora de Sanciones a Instituciones Financieras de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, mediante la cual se impuso una multa en cantidad de $********** (**********), por infracción a la Ley de Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, a **********, por lo que en obvio de reiteraciones no se transcribe.
- Resultando
- Considerando
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
- Transitorios Del Decreto De Once De Marzo De Dos Mil Veintiuno
- Artículo Las Contradicciones De Tesis Serán Resueltas Por
- Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación
- Transitorio Del Decreto De Siete De Junio De Dos Mil Veintiuno
- Tercerotema De Contradicción
- Conforme A Lo Explicado Se Impone Desechar El Recurso De Revisión
- Revisión Fiscal
- Iii Autoridad Demandada
- Iii La Parte Actora Probó Los Hechos Constitutivos De Su Pretensión En Consecuencia
- V Notifíquese
- Transcribe
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se
- Así Como La Tesis De Jurisprudencia Pj De Contenido Siguiente
- Adicionada Dof De Junio De
- I Por Razón De La Cuantía Fracción I
- Exposición De Motivos
- Texto Que Fue Aprobado En El Decreto De Reformas De Trece De Junio De Dos Mil Dieciséis
- Vigente Hasta El Siete De Junio De Dos Mil Veintiuno
- Fojas A Del Juicio De Nulidad
- Artículo Las Contradicciones De Criterios Serán Resueltas Por