CONTRADICCIÓN DE TESIS 15/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL SEXTO, EL VIGÉSIMO PRIMERO Y EL VIGÉSIMO SEGUNDO TRIBUNALES COLEGIADOS, TODOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. 12 DE JULIO DE 2022. MAYORÍA DE VEINTE VOTOS DE LOS MAGISTRADOS
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE TESIS 15/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL SEXTO, EL VIGÉSIMO PRIMERO Y EL VIGÉSIMO SEGUNDO TRIBUNALES COLEGIADOS, TODOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. 12 DE JULIO DE 2022. MAYORÍA DE VEINTE VOTOS DE LOS MAGISTRADOS

Fecha: 11-Nov-2022

Vigente Hasta El Siete De Junio De Dos Mil Veintiuno

5. Se precisa que la ejecutoria recaída en el recurso de revisión RF 146/2020, del Vigésimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, de veintidós de octubre de dos mil veinte, son exactamente las mismas consideraciones que motivaron el desechamiento, por improcedente, a las contenidas en la ejecutoria del expediente RF 162/2020, con la única diferencia de la precisión de la resolución impugnada en el juicio contencioso, en este caso, la contenida en el oficio ********** de nueve de julio de dos mil diecinueve, emitida también por la directora de Sanciones a Instituciones Financieras de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, mediante la cual se impuso una multa en cantidad de $********** (**********), por infracción a la Ley de Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, a **********, por lo que en obvio de reiteraciones no se transcribe.