CONTRADICCIÓN DE TESIS 2/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS TERCERO, CUARTO, SEXTO, NOVENO, DÉCIMO TERCERO Y DÉCIMO QUINTO, TODOS EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. 16 DE AGOSTO DE 2022. MAYORÍA DE TRECE VOTOS DE LOS MAGISTR
Fecha: 20-Ene-2023
C Breves Referencias A Las Características Esenciales Del Contrato De Mutuo
Dicho acuerdo se define doctrinariamente como el contrato real en que una de las partes –mutuante o prestamista–, transmite a la otra –mutuario o prestatario–, la propiedad de una suma de dinero o de un bien fungible, con la obligación de devolver igual cantidad, especie y calidad, con abono de intereses sólo si se han pactado.(23)
El mutuo civil –que puede denominarse de préstamo simple o de consumo–, resulta una especie del mutuo general y se rige por las reglas del derecho civil, por lo que esa especialidad lo hace oponible a otras especies que doctrinalmente se han reconocido como el mutuo mercantil.(24)
Los elementos constitutivos de referencia, se encuentran señalados en el artículo 2384 del Código Civil para el Distrito Federal –actual Ciudad de México–, que establece:
"Artículo 2384. El mutuo es un contrato por el cual el mutuante se obliga a transferir la propiedad de una suma de dinero o de otras cosas fungibles al mutuario, quien se obliga a devolver otro tanto de la misma especie y calidad." (énfasis añadido)
A su vez, la generación de intereses en contratos de mutuo civil, por ejemplo, se establece en los artículos 2293 a 2297 del Código Civil para el Distrito Federal –actual Ciudad de México– que regula el denominado "mutuo con interés", de la manera siguiente:
"Artículo 2393. Es permitido estipular interés por el mutuo, ya consista en dinero, ya en géneros." (énfasis añadido)
- Considerando
- Antecedentes Procesales Comunes
- En Su Ejecutoria Determinó Lo Siguiente
- En La Ejecutoria Respectiva Dicho Órgano Colegiado Determinó Lo Siguiente
- Dc
- En La Ejecutoria Respectiva Dicho Órgano Colegiado Consideró Lo Siguiente
- I Consideraciones Previas
- A Marco Legal Y Jurisprudencial De La Acción Causal
- Así Como Al Emitir La Jurisprudencia De Rubro
- Ix Préstamos A Corto O Mediano Plazo Énfasis Añadido
- Ii Mediante La Garantía Total De Las Aportaciones Señaladas En La Fracción Anterior
- Por Su Parte Los Artículos A Y A Del Reglamento Del Referido Ordenamiento Disponen
- Iii Cubrir La Prima Por El Excedente Autorizado Misma Que Será Fijada Por El Consejo Directivo
- I Hasta Por Una Cantidad Equivalente Al De Su Percepción Anual
- Iv El Plazo Para Su Pago No Podrá Exceder De Meses Énfasis Añadido
- Iii Presentar Recibo De Cobro De La Quincena Inmediata Anterior A La Fecha De Solicitud Y
- I Se Concederán A Los Elementos Con Más De Seis Meses De Servicio
- Iii No Se Otorgará Un Préstamo Nuevo Hasta Tanto No Se Liquide En Su Totalidad El Anterior
- Xi La Seguridad Social Se Organizará Conforme A Las Siguientes Bases Mínimas
- C Breves Referencias A Las Características Esenciales Del Contrato De Mutuo
- Artículo El Interés Es Legal O Convencional Énfasis Añadido
- Ii Criterio Que Debe Prevalecer
- Iii Propuesta De Jurisprudencia
- Fue Ponente El Magistrado Adalberto Eduardo Herrera González Secretario Hiram Casanova Blanco
- Ii Desde Que Concluyan Los Plazos A Que Se Refieren Los Artículos Y
- Consultable En El Sitio Web Httpssjfscjngobmxdetalleejecutoria
- Artículo El Patrimonio De La Caja Lo Constituirán