CONTRADICCIÓN DE TESIS 21/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DÉCIMO TERCERO Y DÉCIMO PRIMERO, AMBOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. 15 DE NOVIEMBRE DE 2022. MAYORÍA DE VEINTIDÓS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS ARTURO IT
Fecha: 13-Ene-2023
Autoridades Responsables
"‘Sistema Nacional Anticorrupción; presidenta del Comité Coordinador; Comité Coordinador; Comité de Participación Ciudadana; Comité Rector; Secretaría Ejecutiva; Comisión Ejecutiva y secretario técnico, todos del Sistema Nacional Anticorrupción.
"‘Secretaría de la Función Pública, Subsecretaría de Combate a la Impunidad; director general de Responsabilidades y Verificación Patrimonial, de la Unidad de Responsabilidades Administrativas, Controversias y Sanciones, de la Subsecretaría de Combate a la Impunidad; director de Registro Patrimonial y de Intereses de la Coordinación de Registro Patrimonial, de Intereses y de Servidores Públicos Sancionados de la Unidad de Ética Pública y Prevención de Conflictos de Intereses de la Subsecretaría de Combate a la Impunidad; titular de la Unidad de Transparencia y Políticas Públicas; titular de la Unidad de Ética Pública y Prevención de Conflicto de Intereses de la Dirección de Registro Patrimonial y de Intereses de la Coordinación de Registro Patrimonial y de Intereses de la Coordinación de Registro Patrimonial, de Intereses y de Servidores Públicos Sancionados de la Unidad de Ética Pública y Prevención de Conflictos de Intereses de la Subsecretaría de Combate a la Impunidad; comisario público propietario y comisario público suplente del Comisariado de Educación y Cultura de la Coordinación General de Órganos de Vigilancia y Control, todos de la Secretaría de la Función Pública.
"‘Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C., titular del Órgano Interno de Control en el Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C.; titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C.; Asamblea General; Consejo Directivo; Dirección General; Consejo Académico Administrativo; Consejo Académico; Comisión Académica Dictaminadora; Comité Externo de Evaluación; Órgano de Vigilancia; Coordinación de Administración y Finanzas; Dirección de Recursos Humanos; Dirección de Recursos Financieros; Dirección de Recursos Materiales; Subdirección de Recursos Materiales; Subdirección de Servicios Generales; Subdirección de Tesorería y Subdirección de Planeación, todos del Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C.
"‘Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. Junta de Gobierno; director General; Órgano de Vigilancia; Unidad de Administración y Finanzas; Consejo de Aprobación del Sistema Nacional de Investigadores; Comité Consultivo del Sistema Nacional de Investigadores; Junta de Honor del Sistema Nacional de Investigadores; Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Investigadores; Dirección del Sistema Nacional de Investigadores; secretario ejecutivo del Sistema Nacional de Investigadores; titular del Órgano Interno de Control y titular del Área de Responsabilidades, todos del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
- La Citada Contradicción Fue Descrita Por La Jueza De Distrito En Los Siguientes Términos
- Tercerolos Informes De Los Tribunales Se Rindieron En Los Términos Siguientes
- Considerando
- Resultando
- Autoridades Responsables
- Normas Generales Actos U Omisiones Principalmente Reclamados
- Son Infundados Los Argumentos Formulados Por La Recurrente
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
- A El Establecimiento De Mecanismos De Coordinación Con Los Sistemas Locales
- Ley General Del Sistema Nacional Anticorrupción
- Artículo Son Objetivos De Esta Ley
- Ix Establecer Las Bases Del Sistema Nacional De Fiscalización Y
- Iv Los Sistemas Locales Quienes Concurrirán A Través De Sus Representantes
- Únicoes Infundado El Recurso De Queja
- Subsecretaría De Combate A La Impunidad De La Secretaría De La Función Pública
- Consejo Directivo Del Centro De Investigación Y Docencia Económicas Ac
- Órgano De Vigilancia Del Centro De Investigación Y Docencia Económicas
- Del Sistema Nacional Anticorrupción Se Reclama
- Del Comité Coordinador Del Sistema Nacional Anticorrupción Se Reclama
- De La Presidenta Del Comité Coordinador Del Sistema Nacional Anticorrupción Se Reclama
- Del Comité De Participación Ciudadana Del Sistema Nacional Anticorrupción Se Reclama
- Del Comité Rector Del Sistema Nacional Anticorrupción Se Reclama
- De La Secretaría Ejecutiva Del Sistema Nacional Anticorrupción Se Reclama
- De La Comisión Ejecutiva Del Sistema Nacional Anticorrupción Se Reclama
- Del Secretario Técnico Del Sistema Nacional Anticorrupción Se Reclama
- De La Secretaría De La Función Pública Se Reclama
- De Todas Las Autoridades Responsables Señaladas En El Presente Escrito Se Reclaman
- Quintoestudio Son Sustancialmente Fundados Los Agravios
- Ciudad De México Primero De Diciembre De Dos Mil Veinte
- Los Sistemas Locales Quienes Concurrirán A Través De Sus Representantes
- El Precepto Referido Establece Lo Siguiente
- Precisado Lo Anterior Se Indica Lo Resuelto Por Los Tribunales Colegiados Contendientes
- Ii Se Hubiere Omitido Alguno De Los Requisitos Que Establece El Artículo De Esta Ley
- Artículo Las Notificaciones Por Oficio Se Harán Conforme A Las Reglas Siguientes
- Artículo O Son Partes En El Juicio De Amparo
- Sistema Nacional Anticorrupción
- La Formulación De Un Sistema De Indicadores Sobre Gestión Y Desempeño Del Comité Coordinador
- Artículo Las Sesiones Del Sistema Nacional Anticorrupción Tendrán Como Objetivo Los Siguientes
- Ii El Establecimiento De Bases Y Principios Para La Efectiva Coordinación De Sus Integrantes
- X El Establecimiento De Mecanismos De Coordinación Con Los Sistemas Locales Anticorrupción
- V Un Representante Del Consejo De La Judicatura Federal
- V Presidir El Órgano De Gobierno De La Secretaría Ejecutiva
- Ix Presentar Para Su Aprobación Las Recomendaciones En Materia De Combate A La Corrupción Y
- I Los Bienes Que Le Sean Transmitidos Por El Gobierno Federal Para El Desempeño De Sus Funciones
- Iii Los Demás Bienes Que En Su Caso Le Sean Transferidos Bajo Cualquier Otro Título