CONTRADICCIÓN DE TESIS 21/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DÉCIMO TERCERO Y DÉCIMO PRIMERO, AMBOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. 15 DE NOVIEMBRE DE 2022. MAYORÍA DE VEINTIDÓS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS ARTURO IT
Fecha: 13-Ene-2023
Del Sistema Nacional Anticorrupción Se Reclama
"‘A) La expedición y publicación del Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción da a conocer que los formatos de declaración de situación patrimonial y de intereses son técnicamente operables con el Sistema de Evolución Patrimonial y de Declaración de Intereses de la Plataforma Digital Nacional, así como el inicio de la obligación de los servidores públicos de presentar sus respectivas declaraciones de situación patrimonial y de intereses conforme a los artículos 32 y 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2019.
"‘B) La aplicación del Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción da a conocer que los formatos de declaración de situación patrimonial y de intereses son técnicamente operables con el Sistema de Evolución Patrimonial y de Declaración de Intereses de la Plataforma Digital Nacional, así como el inicio de la obligación de los servidores públicos de presentar sus respectivas declaraciones de situación patrimonial y de intereses conforme a los artículos 32 y 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2019, a través del diverso Acuerdo por el que se amplían los plazos previstos en el artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses en el año 2020, con motivo de las medidas de prevención y contención de la propagación de la enfermedad generada por el coronavirus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 22 de abril de 2020.
- La Citada Contradicción Fue Descrita Por La Jueza De Distrito En Los Siguientes Términos
- Tercerolos Informes De Los Tribunales Se Rindieron En Los Términos Siguientes
- Considerando
- Resultando
- Autoridades Responsables
- Normas Generales Actos U Omisiones Principalmente Reclamados
- Son Infundados Los Argumentos Formulados Por La Recurrente
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
- A El Establecimiento De Mecanismos De Coordinación Con Los Sistemas Locales
- Ley General Del Sistema Nacional Anticorrupción
- Artículo Son Objetivos De Esta Ley
- Ix Establecer Las Bases Del Sistema Nacional De Fiscalización Y
- Iv Los Sistemas Locales Quienes Concurrirán A Través De Sus Representantes
- Únicoes Infundado El Recurso De Queja
- Subsecretaría De Combate A La Impunidad De La Secretaría De La Función Pública
- Consejo Directivo Del Centro De Investigación Y Docencia Económicas Ac
- Órgano De Vigilancia Del Centro De Investigación Y Docencia Económicas
- Del Sistema Nacional Anticorrupción Se Reclama
- Del Comité Coordinador Del Sistema Nacional Anticorrupción Se Reclama
- De La Presidenta Del Comité Coordinador Del Sistema Nacional Anticorrupción Se Reclama
- Del Comité De Participación Ciudadana Del Sistema Nacional Anticorrupción Se Reclama
- Del Comité Rector Del Sistema Nacional Anticorrupción Se Reclama
- De La Secretaría Ejecutiva Del Sistema Nacional Anticorrupción Se Reclama
- De La Comisión Ejecutiva Del Sistema Nacional Anticorrupción Se Reclama
- Del Secretario Técnico Del Sistema Nacional Anticorrupción Se Reclama
- De La Secretaría De La Función Pública Se Reclama
- De Todas Las Autoridades Responsables Señaladas En El Presente Escrito Se Reclaman
- Quintoestudio Son Sustancialmente Fundados Los Agravios
- Ciudad De México Primero De Diciembre De Dos Mil Veinte
- Los Sistemas Locales Quienes Concurrirán A Través De Sus Representantes
- El Precepto Referido Establece Lo Siguiente
- Precisado Lo Anterior Se Indica Lo Resuelto Por Los Tribunales Colegiados Contendientes
- Ii Se Hubiere Omitido Alguno De Los Requisitos Que Establece El Artículo De Esta Ley
- Artículo Las Notificaciones Por Oficio Se Harán Conforme A Las Reglas Siguientes
- Artículo O Son Partes En El Juicio De Amparo
- Sistema Nacional Anticorrupción
- La Formulación De Un Sistema De Indicadores Sobre Gestión Y Desempeño Del Comité Coordinador
- Artículo Las Sesiones Del Sistema Nacional Anticorrupción Tendrán Como Objetivo Los Siguientes
- Ii El Establecimiento De Bases Y Principios Para La Efectiva Coordinación De Sus Integrantes
- X El Establecimiento De Mecanismos De Coordinación Con Los Sistemas Locales Anticorrupción
- V Un Representante Del Consejo De La Judicatura Federal
- V Presidir El Órgano De Gobierno De La Secretaría Ejecutiva
- Ix Presentar Para Su Aprobación Las Recomendaciones En Materia De Combate A La Corrupción Y
- I Los Bienes Que Le Sean Transmitidos Por El Gobierno Federal Para El Desempeño De Sus Funciones
- Iii Los Demás Bienes Que En Su Caso Le Sean Transferidos Bajo Cualquier Otro Título