CONTRADICCIÓN DE TESIS 21/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DÉCIMO TERCERO Y DÉCIMO PRIMERO, AMBOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. 15 DE NOVIEMBRE DE 2022. MAYORÍA DE VEINTIDÓS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS ARTURO IT
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE TESIS 21/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DÉCIMO TERCERO Y DÉCIMO PRIMERO, AMBOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. 15 DE NOVIEMBRE DE 2022. MAYORÍA DE VEINTIDÓS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS ARTURO IT

Fecha: 13-Ene-2023

De La Secretaría De La Función Pública Se Reclama

"‘A) La expedición y publicación del Acuerdo por el que se amplían plazos previstos en el artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses en el año 2020, con motivo de las medidas de prevención y contención de la propagación de la enfermedad generada por el coronavirus SARS-CoV2 (COVID-19)., publicado en el Diario Oficial Federación el 22 de abril de 2020, (en adelante, ‘el acuerdo’).

"‘B) La aplicación en la esfera jurídica de la quejosa del Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción da a conocer que los formatos de declaración de situación patrimonial y de intereses son técnicamente operables con el Sistema de Evolución Patrimonial y de Declaración de Intereses de la Plataforma Digital Nacional, así como el inicio de la obligación de los servidores públicos de presentar sus respectivas declaraciones de situación patrimonial y de intereses conforme a los artículos 32 y 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2019, a través del diverso Acuerdo por el que se amplían los plazos previstos en el artículo 33 de la. Ley General de Responsabilidades Administrativas, para presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses en el año 2020, con motivo de las medidas de prevención y contención de la propagación de la enfermedad generada por el coronavirus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 22 de abril de 2020. Es importante señalar a su señoría que, concretamente el Acuerdo por el que se amplían los plazos previstos en el artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses en el año 2020, con motivo de las medidas de prevención y contención de la propagación de la enfermedad generada por él coronavirus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 22 de abril de 2020, constituye el primer acto de aplicación del Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción da a conocer que los formatos de declaración de situación patrimonial y de intereses son técnicamente operables con el Sistema de Evolución Patrimonial y de Declaración de Intereses de la Plataforma Digital Nacional, así como el inicio de la obligación de los servidores públicos de presentar sus respectivas declaraciones de situación patrimonial y de intereses conforme a los artículos 32 y 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, el cual genera perjuicio a mis representados. "‘C) La expedición y publicación del «Acuerdo por el que se reforma el diverso por el que se amplían los plazos previstos en el artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para presentar las declaraciones de situación patrimonial de intereses en el año 2020, con motivo de las medidas de prevención y contención de la propagación de la enfermedad generada por el coronavirus SARS-Cov2 (Covid-19)» publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 19 de junio de 2020.

"‘D) La aplicación en la esfera jurídica de la quejosa del Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción da a conocer que los formatos de declaración de situación patrimonial y de intereses son técnicamente operables con el Sistema de Evolución Patrimonial y de Declaración de Intereses de la Plataforma Digital Nacional, así como el inicio de la obligación de los servidores públicos de presentar sus respectivas declaraciones de situación patrimonial y de intereses conforme a los artículos 32 y 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2019, a través del diverso Acuerdo por el que se reforma el diverso por el que se amplían los plazos previstos en el artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para presentar las declaraciones de situación patrimonial V de intereses en el año 2020, con motivo de las medidas de prevención V contención de la propagación de la enfermedad generada por el coronavirus SARS-Cov2 (COVID-19), publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 19 de junio de 2020.

"‘E) La emisión, expedición y aplicación del Oficio CIRCULAR 9/100/006/2020 de 12 de junio de 2020 firmado por la doctora **********, secretaría de la Función Pública, dirigida a los titulares de dependencias y entidades que integran el Gabinete Legal y Ampliado; y a través del cual se señala que los altos mandos del Gobierno de México, desde subdirectores de área y homólogos hasta el presidente de la República, tienen la obligación de presentar su declaración patrimonial a más tardar el 31 de julio de 2020, en términos del Acuerdo de ampliación que la Secretaría de la Función Pública emitió el 22 de abril de 2020.

"‘F) La emisión, expedición y aplicación del Oficio CIRCULAR FP/100/005/2020 de 12 de junio de 2020 firmado por la doctora**********, Secretaria de la Función Pública, dirigida a los titulares de dependencias y entidades que integran el Gabinete Legal y Ampliado; y a través del cual señala que ante la medida sanitaria derivada de la epidemia generada por el virus SARSCoV-2, consideró necesario ampliar el plazo para su presentación en la modalidad de modificación hasta el 31 de diciembre de 2020, para todas las personas servidores públicas de la Administración Pública Federal de niveles jerárquicos medios, enlaces operativos y de base sindicalizados, incluidas las personas que deben presentar la declaración por primera vez, en términos del artículo SEGUNDO del «ACUERDO por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción da a conocer que los formatos de declaración de situación patrimonial y de intereses son técnicamente operables con el Sistema de Evolución Patrimonial y Declaración de Intereses de la Plataforma Digital Nacional, así como el inicio de la obligación de servidores públicos de presentar sus respectivas declaraciones de situación patrimonial y de intereses conforme a los artículos 32 y 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativa».

"‘10. De la Subsecretaría de Combate a la Impunidad de la Secretaría de la Función Pública; la Dirección General de Responsabilidades y Verificación Patrimonial de dicha subsecretaría; la Dirección de Registro Patrimonial y de Intereses de la Coordinación de Registro Patrimonial, de Intereses y de Servidores Públicos Sancionados de la Unidad de Ética Pública y Prevención de Conflicto de Intereses de dicha subsecretaría, reclamo:

"‘A) La aplicación del Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción da a conocer que los formatos de declaración de situación patrimonial y de intereses son técnicamente operables con el Sistema de Evolución Patrimonial y de Declaración de Intereses de la Plataforma Digital Nacional, así como el inicio de la obligación de los servidores públicos de presentar sus respectivas declaraciones de situación patrimonial y de intereses conforme a los artículos 32 y 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2019, a través del diverso Acuerdo por el que se amplían los plazos previstos en el artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses en el año 2020, con motivo de las medidas de prevención y contención de la propagación de la enfermedad generada por el coronavirus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 22 de abril de 2020.

"‘B) La emisión del Oficio UEPPCl/317/DRPl/OT/137/2020 de 6 de julio de 2020 firmado por el director de Registro Patrimonial y de Intereses, de la Coordinación de Registro Patrimonial, de Intereses y de Servidores Públicos Sancionados de la Unidad de Ética Pública y Prevención de Conflictos de Intereses de la Subsecretaría de Combate a la impunidad de la Secretaría de la Función Pública, a través del cual señala que los trabajadores de los centros públicos de investigación como es el Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C. se encuentran obligados a presentar la declaración de situación patrimonial y de intereses.

"‘11. Del titular de la Unidad de Transparencia y Políticas Públicas de la Secretaría de la Función Pública, se reclama:

"‘A) La expedición, emisión y aplicación de respuesta enviada el 24 de mayo de 2020, al oficio COAL/002/2020 de 5 de mayo de 2020, respuesta que fue dirigida a los Enlaces de los integrantes del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción y fue dada a conocer a los secretarios generales de la coalición de sindicatos del ramo 38 del sector CONACYT, firmada por ********** presidenta del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción; y a través de la cual señala que derivado de la reforma Constitucional en materia de anticorrupción que se publicó en el Diario Oficial de la Federación de 27 de agosto de 2015 todos los servidores públicos se encuentran obligados a presentar su declaración patrimonial, asimismo señala las consecuencias que dispone la Ley General de Responsabilidades Administrativas para el caso de incumplimiento a dicha obligación.

"‘B) La aplicación del Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción da a conocer que los formatos de declaración de situación patrimonial y de intereses son técnicamente operables con el Sistema de Evolución Patrimonial y de Declaración de Intereses de la Plataforma Digital Nacional así como el inicio de la obligación de servidores públicos de presentar sus respectivas declaraciones de situación patrimonial y de intereses conforme a los artículos 32 y 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2019, a través del diverso Acuerdo por el que se amplían los plazos previstos en el artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses en el año 2020, con motivo de las medidas de prevención y contención de la propagación de la enfermedad generada por el coronavirus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 22 de abril de 2020.

"‘12. Del titular de la Unidad de Ética Pública y Prevención de Conflictos de Intereses de la Dirección de Registro Patrimonial y de Intereses de la Coordinación de Registro Patrimonial, de intereses y de Servidores Públicos Sancionados de la Unidad de Ética Pública y Prevención de Conflictos de Intereses de la Subsecretaría de Combate a la Impunidad de la Secretaría dé la Función Pública, se reclama:

"‘A) La emisión, expedición y aplicación del Oficio UEPPCl/371/0125/2020 de 6 de mayo de 2020, emitido por el titular de la Unidad de Ética Pública y Prevención de Conflictos de Intereses de la Dirección de Registro Patrimonial y de Intereses de la Coordinación de Registro Patrimonial, de intereses y de Servidores Públicos Sancionados de la Unidad de Ética Pública y Prevención de Conflictos de Intereses de la Subsecretaría de Combate a la Impunidad de la Secretaría de la Función Pública, a través del cual se informa al director de Articulación de Centros de Investigación, Unidad de Articulación Sectorial y Regional del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; que en atención al oficio G0000/20/196 de 6 de abril de 2020 dirigido a la doctora ********** Secretaria de la Función Pública, las normas e instructivo para el llenado y presentación del formato de declaraciones de situación patrimonial y de intereses establecen que la declaración patrimonial y de intereses deberá ser llenada en su totalidad por servidores públicos que tengan nivel igual a jefe de Departamento y homólogo y hasta el nivel máximo en cada Ente Público.

"‘B) La emisión, expedición y aplicación del Oficio UEPPCl/317/0123/2020 de 30 de abril de 2020, dirigido a la maestra ********** titular del Órgano Interno de Control en el Centro de Investigación y Docencia firmado por el doctor **********, titular de la Unidad de Ética Pública y Prevención de Conflicto de Intereses a través del cual atiende el oficio 01C/Cl/38/128/41/2020 de 24 de abril de 2020; y a través del cual señala que la obligación de presentar declaración patrimonial corresponde a todos los servidores públicos, sin importar la clase empleo cargo o comisión que desempeñen, por lo que con base en dicho oficio el personal académico del CIDE, debe cumplir con dicha obligación; asimismo señala las consecuencias que establece la Ley General de Responsabilidades Administrativas para los casos en que no se cumpla con dicha obligación.

"‘C) La aplicación del Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción da a conocer que los formatos de declaración de situación patrimonial y de intereses son técnicamente operables con el Sistema de Evolución Patrimonial y de Declaración de Intereses de la Plataforma Digital Nacional, así como el inicio de la obligación de los servidores públicos de presentar sus respectivas declaraciones de situación patrimonial y de intereses conforme a los artículos 32 y 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2019, a través del diverso Acuerdo por el que se amplían los plazos previstos en el artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses en el año 2020, con motivo de las medidas de prevención y contención de la propagación de la enfermedad generada por el coronavirus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 22 de abril de 2020.

"‘13. Del comisario público propietario y comisario público suplente del Comisariato de Educación y Cultura de la Coordinación General de Órganos de Vigilancia y Control, de la Secretaría de la Función Pública, se reclama:

"‘A) La expedición, emisión y aplicación del Oficio sin firma CGOVC/CEC/113/02/207/2020 de 29 de junio de 2020, a través del cual hacen hincapié en que los servidores públicos que desempeñen un empleo, cargo o comisión dentro de la Administración Pública Federal, deben presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses.

"‘B) La aplicación del Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción da a conocer que los formatos de declaración de situación patrimonial y de intereses son técnicamente operables con el Sistema de Evolución Patrimonial y de Declaración de Intereses de la Plataforma Digital Nacional, así como el inicio de la obligación de los servidores públicos de presentar sus respectivas declaraciones de situación patrimonial y de intereses conforme a los artículos 32 y 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2019, a través del diverso Acuerdo por el que se amplían los plazos previstos en el artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses en el año 2020, con motivo de las medidas de prevención y contención de la propagación de la enfermedad generada por el coronavirus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 22 de abril de 2020.

"‘14. Del titular del Órgano Interno de Control en el Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C., y el titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C., reclamo:

"‘A) La expedición emisión y aplicación del Oficio 01C/Cl/38/128/49/2020 de 4 de mayo de 2020, dirigido al director general del Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C.; firmado por la maestra ********** titular del órgano Interno de Control a través del cual señala que con oficio UEPPC17317/123/2020 de 30 de abril de 2020, la Dirección General de Responsabilidades y Verificación Patrimonial de la Secretaría de la Función Pública atendió la petición realizada a través del oficio DG/20/106 de 20 de abril de 2020, y que fue remitido a la Dirección General de Responsabilidades y Verificación Patrimonial a través del ofició 01C/Cl/38/128/41/2020; y a través del cual señala que la obligación de presentar declaración patrimonial corresponde a todos los servidores públicos, sin importar la clase empleo cargo o comisión que desempeñen, por lo que con base en dicho oficio el personal académico del CIDE, debe cumplir con dicha obligación.

"‘B) La aplicación del Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción da a conocer que los formatos de declaración de situación patrimonial y de intereses son técnicamente operables con el Sistema de Evolución Patrimonial y de Declaración de Intereses de la Plataforma Digital Nacional, así como el inicio de la obligación de los servidores públicos de presentar sus respectivas declaraciones de situación patrimonial y de intereses conforme a los artículos 32 y 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2019, a través del diverso Acuerdo por el que se amplían los plazos previstos en el artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses en el año 2020, con motivo de las medidas de prevención y contención de la propagación de la enfermedad generada por el coronavirus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 22 de abril de 2020.

"‘15. Del Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C.; la Asamblea General del Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C.; el Consejo Directivo del Centro de investigación y Docencia Económicas, A.C.; la Dirección General del Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C.; el Consejo Académico Administrativo Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C.; el Consejo Académico del Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C.; la Comisión Académica Dictaminadora del Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C.; el Comité Externo de Evaluación del Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C.; el Órgano de Vigilancia del Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C.; la Coordinación de Administración y Finanzas del Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C., la Dirección de Recursos Humanos del Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C.; la Dirección de Recursos Financieros del Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C.; la Dirección de Recursos Materiales del Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C.; la Subdirección de Recursos Materiales del Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C.; la Subdirección de Servicios Generales del Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C.; la Subdirección de Tesorería del Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C.; y la Subdirección de Planeación del Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C., reclamo:

"‘A) La emisión del Oficio DG/20/00117 de 20 de abril de 2020 firmado por el doctor **********, director general del CIDE dirigido a la doctora **********, secretaria general del SIPACIDE, a través del cual señala que la autoridad competente para interpretar y aplicar las normas en materia de declaraciones de situación patrimonial y de intereses en la Administración Pública Federal es la Secretaría de la Función Pública, por lo que turnó la petición realizada en comunicación de 17 de abril de 2020, al titular del Órgano Interno de Control del CIDE; precisando que carece de facultades para interpretar o aplicar el régimen de responsabilidades de los servidores públicos. Señala además que no cuenta con facultad alguna para determinar los formatos aplicables a la declaración de la situación patrimonial y de intereses de los servidores públicos.

"‘B) Oficio DG/20/00116 de 20 de abril de 2020, firmado por el doctor **********, director general del CIDE dirigido a la maestra ********** titular del Órgano Interno de Control del CIDE, a través del cual hace de su conocimiento que recibió del Sindicato del Personal Académico del CIDE, una carta en donde plantea un conjunto de preguntas relativas a la presentación de declaraciones patrimoniales, su fundamentación y motivación.

"‘C) La emisión, expedición y aplicación del correo electrónico de 22 de abril de 2020 enviado al correo electrónico [email protected], con Asunto: Declaración de Situación Patrimonial y de Intereses; a través del cual señala que con base en las disposiciones aplicables derivadas de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la Ley del Sistema Nacional Anticorrupción; la Secretaría de la Función Pública ha dispuesto que a partir del 2020 todas las personas servidores públicas de la Administración Pública Federal deberán presentar su Declaración Patrimonial; en el cual además se incluyen la Guía para realizar la Declaración Patrimonial e Instructivo para usuario del Sistema Declara NET; así como el Instructivo para usuario para el sistema DeclaraNet, de 17 hojas, Anexo al mismo.

"‘D) Oficio DG/20/00165 de 20 de julio de 2020, emitido por el director general del CIDE dirigido a la doctora **********, secretaria general del SIPACIDE, a través del cual, señala que conforme a lo señalado en el Oficio No. CGOVC/CEC/113/02/207/2020 emitido por la Coordinación General de Órganos de Vigilancia y Control de la SFP y diversas consultas realizadas por el CIDE, así como a la capacitación que fue instruida por el CONACYT en coordinación con la SFP para el personal de la Dirección de Recursos Humanos, las características específicas y campos de información dentro de la plataforma informática DeclaraNet, se encuentran definidos a partir del nivel salarial del servidor público obligado a la presentación de la Declaración Patrimonial y de Intereses con independencia de sus funciones y acompaña como Anexo 1 el oficio CGOVC/CEC/113/02/207/2020 que se reclama en su emisión y aplicación en diverso apartado. Asimismo, acompaña un Anexo 2, que incluye tabla de equivalencia de tabulador específico de remuneraciones con los niveles salariales de la Administración Pública Federal, y señala que la misma fue elaborada en coordinación con la SFP, misma que en su contenido señala una Homologación de niveles salariales del CIDE para identificar en DeclaraNet el nivel de equivalencia para el tipo de declaración a presentar a partir del 2020, y que señala como fechas definitivas para presentar la declaración patrimonial, misma que también se reclama en su emisión y aplicación. "‘E) La emisión, expedición y aplicación del Correo electrónico de 21 de julio de 2020 enviado al Buzón de Recursos Humanos del CIDE, [email protected], con Asunto: Declaración patrimonial, a través del cual se informa al personal del CIDE que se encuentran obligados a presentar Declaración Patrimonial y de Intereses con fecha límite al 31 de julio de 2020 de conformidad con el Anexo 1 de dicho documento que contiene un listado de las personas obligadas a presentar la Declaración Patrimonial y de Intereses hasta antes del 31 de julio de 2020 adicionalmente hace del conocimiento, el Instructivo para usuario para el sistema Declara NET, la Guía rápida para realizar la presentación de la Declaración Patrimonial y de Intereses, los Formatos de apoyo diseñados por la SFP, la Guía para el registro de nuevo usuario del sistema Declara NET y Guía para recuperación de contraseña DeclaraNet. Cabe señalar Anexo 1, titulado Listado de las personas obligadas a presentar la Declaración Patrimonial y de Intereses hasta antes del 1 de julio de 2020; señala en su contenido SERVIDORES PÚBLICOS DETECTADOS COMO PENDIENTES DE PRESENTAR DECLARACIÓN PATRIMONIAL DE MODIFICACIÓN 2020 (SUBDIRECTOR, DIRECTOR, DIRECTOR GENERAL ADJUNTO, JEFE DE UNIDAD, SUBSECRETARIO U HOMÓLOGOS, CON FECHA LÍMITE 31 DE JULIO DE 2020), y se incluye la lista de personal del CIDE que están pendientes de presentar su declaración patrimonial, por lo que se reclama de igual forma, la emisión, expedición y aplicación de dicho Anexo en perjuicio de las quejosas.

"‘F) La aplicación del Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción da a conocer que los formatos de declaración de situación patrimonial y de intereses son técnicamente operables con el Sistema de Evolución Patrimonial y de Declaración de Intereses de la Plataforma Digital Nacional, así como el inicio de la obligación de los servidores públicos de presentar sus respectivas declaraciones de situación patrimonial y de intereses conforme a los artículos 32 y 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2019, a través del diverso Acuerdo por el que se amplían los plazos previstos en el artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses en el año 2020, con motivo de las medidas de prevención y contención de la propagación de la enfermedad generada por el coronavirus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 22 de abril de 2020.

"‘16. Del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, la Junta de Gobierno del Consejo Nacional de Ciencia Tecnología, el director general del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, el Órgano de vigilancia del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, la Unidad de Administración y Finanzas del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, el Consejo de Aprobación del Sistema Nacional de Investigadores, el Comité Consultivo del Sistema Nacional de Investigadores, la Junta de Honor del Sistema Nacional de Investigadores, la secretaría ejecutiva del Sistema Nacional de Investigadores, la Dirección del Sistema Nacional de Investigadores, el secretario ejecutivo del Sistema Nacional de Investigadores, el titular del Órgano Interno de Control del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, el titular del área de responsabilidades del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, se reclama:

"‘A) La aplicación del Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción da a conocer que los formatos de declaración de situación patrimonial y de intereses son técnicamente operables con el Sistema de Evolución Patrimonial y de Declaración de Intereses de la Plataforma Digital Nacional, así como el inicio de la obligación de los servidores públicos de presentar sus respectivas declaraciones de situación patrimonial y de intereses conforme a los artículos 32 y 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2019, a través del diverso Acuerdo por el que se amplían los plazos previstos en el artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses en el año 2020, con motivo de las medidas de prevención y contención de la propagación de la enfermedad generada por el coronavirus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 22 de abril de 2020.