CONTRADICCIÓN DE TESIS 3/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL PRIMER Y EL SEGUNDO TRIBUNALES COLEGIADOS, AMBOS EN MATERIA PENAL DEL SÉPTIMO CIRCUITO. 5 DE DICIEMBRE DE 2022. MAYORÍA DE SEIS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS VICENTE MARICHE DE LA GARZA, MARÍA EL
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE TESIS 3/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL PRIMER Y EL SEGUNDO TRIBUNALES COLEGIADOS, AMBOS EN MATERIA PENAL DEL SÉPTIMO CIRCUITO. 5 DE DICIEMBRE DE 2022. MAYORÍA DE SEIS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS VICENTE MARICHE DE LA GARZA, MARÍA EL

Fecha: 24-Mar-2023

El Amparo Indirecto Procede

"‘...

"‘VII. Contra las omisiones del Ministerio Público en la investigación de los delitos, así como las resoluciones de reserva, no ejercicio, desistimiento de la acción penal, o por suspensión de procedimiento cuando no esté satisfecha la reparación del daño.’ (énfasis añadido)

"Lo expuesto pues, aunque en dicha porción normativa se prevé la procedencia del juicio de amparo indirecto en contra de las resoluciones del Ministerio Público de no ejercicio de la acción penal, lo cierto es que la hipótesis que se analiza se encuentra condicionada a los términos que estatuye el artículo 20, apartado C, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a su vez dispone:

"‘Artículo 20. El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.

"‘...