QUEJA 6/2022. 13 DE JULIO DE 2022. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, QUIEN RESERVÓ SU DERECHO PARA FORMULAR VOTO CONCURRENTE, Y LOS MINISTROS JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO Y ALFREDO GUTIÉRR
Suprema Corte de Justicia de la Nación

QUEJA 6/2022. 13 DE JULIO DE 2022. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, QUIEN RESERVÓ SU DERECHO PARA FORMULAR VOTO CONCURRENTE, Y LOS MINISTROS JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO Y ALFREDO GUTIÉRR

Fecha: 17-Mar-2023

B En Materia De Radiodifusión Y Telecomunicaciones

"I. El Estado garantizará a la población su integración a la sociedad de la información y el conocimiento, mediante una política de inclusión digital universal con metas anuales y sexenales."

10. Contradicción de tesis 439/2018, resuelto el 20 de marzo de 2019. Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

11. En su punto décimo cuarto y décimo sexto; emitidos tanto por esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, como por el Consejo de la Judicatura Federal, el primero que sentó las bases para el uso eficaz y eficiente de las tecnologías de la información, siguiendo el espíritu del artículo 17 de la Constitución Federal, de facilitar y lograr una justicia pronta y expedita, asimismo que las partes tuvieran certeza en los juicios constitucionales para acceder a los expedientes electrónicos. Página: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5305915

12. Se diseñó de manera más concreta la regulación de las notificaciones electrónicas, siendo opcional para las partes que así se hicieran, y se tendrían por realizadas cuando las partes accedieran al expediente electrónico y se consultara el texto del acuerdo respectivo, lo que daría lugar a la generación de la constancia correspondiente https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5361908&fecha=30/09/2014

13. Regula los servicios tecnológicos relativos a la tramitación electrónica del juicio de amparo, las comunicaciones oficiales y los procesos de oralidad penal en los Centros de Justicia Penal Federal, modificado por última vez mediante instrumento normativo aprobado por dichos órganos el tres y cuatro de octubre de dos mil dieciocho.