QUEJA 6/2022. 13 DE JULIO DE 2022. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, QUIEN RESERVÓ SU DERECHO PARA FORMULAR VOTO CONCURRENTE, Y LOS MINISTROS JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO Y ALFREDO GUTIÉRR
Fecha: 17-Mar-2023
Por Lo Expuesto Y Fundado Se
RESUELVE:
PRIMERO.—Es fundado el recurso de queja 6/2022, a que este toca se refiere, en los términos precisados en la presente ejecutoria.
SEGUNDO.—Se revoca, en lo conducente, el auto de nueve de julio de dos mil veintiuno, dictado por el Juzgado Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, en el juicio de amparo indirecto **********, de su índice.
TERCERO.—Remítase al tribunal del conocimiento para que se pronuncie en los términos ordenados en la parte final de la presente ejecutoria.
CUARTO.—Hecho lo anterior, remítanse los autos al Juzgado Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, para que dé cumplimiento a lo ordenado en la presente resolución.
Notifíquese; con testimonio de esta resolución. En su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.
Así lo resolvió, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por mayoría de cuatro votos de las señoras y los señores Ministros: Norma Lucía Piña Hernández, Jorge Mario Pardo Rebolledo (ponente), Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y presidenta Ana Margarita Ríos Farjat, quien se reservó su derecho a formular voto concurrente. En contra del voto emitido por el Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien se reserva su derecho a formular voto particular.
Así lo resolvió, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por mayoría de cuatro votos de las señoras y los señores Ministros: Norma Lucía Piña Hernández, Jorge Mario Pardo Rebolledo (ponente), Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y presidenta Ana Margarita Ríos Farjat, quien se reservó su derecho a formular voto concurrente. En contra del voto emitido por el Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien se reserva su derecho a formular voto particular.
En términos de lo previsto en los artículos 113 y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 110 y 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y el Acuerdo General Número 11/2017, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicado el dieciocho de septiembre de dos mil diecisiete en el Diario Oficial de la Federación, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que se encuentra en esos supuestos normativos.
- Índice Temático
- Antecedentes Y Trámite
- D Notificación Del Referido Oficio
- F El Inventario De Veintiséis De Junio De Dos Mil Veinte
- I Competencia
- Ii Legitimación
- Iii Oportunidad
- Iv Procedencia
- V Elementos Necesarios Para Resolver El Asunto
- A Consideraciones Del Auto Recurrido
- B Agravios En El Recurso De Queja
- Vi Estudio De Fondo
- El Derecho De Acceso A La Jurisdicción
- Las Notificaciones Electrónicas Su Implementación
- Las Partes Accedan A La Determinación Judicial De Que Se Trate Mismo Día O
- Diferencia Sustancial Para Efectos Del Presente Estudio Como Se Demostrará En Su Oportunidad
- Análisis Del Caso Concreto
- Artículo Utilización De Medios Electrónicos
- Artículo Formas De Notificación
- I Personalmente Podrán Ser
- En Todos Los Casos Deberá Levantarse Acta Circunstanciada De La Diligencia Que Se Practique
- Artículo Medios De Notificación
- Artículo Regla General Sobre Notificaciones
- Artículo Lugar Para Las Notificaciones
- Si El Imputado Estuviere Detenido Será Notificado En El Lugar De Su Detención
- Artículo Notificaciones A Defensores O Asesores Jurídicos
- Artículo Forma Especial De Notificación
- Ii Por Lista Estrado O Boletín Judicial Según Corresponda Y
- B Se Agregan Al Registro O Se Guardan En El Sistema Electrónico Existente Para Tal Efecto
- Artículo Empleo De Los Medios De Comunicación
- Vii Decisión
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se
- I En Amparo Indirecto Contra Las Siguientes Resoluciones
- Resuelto Por Esta Primera Sala El De Junio De Unanimidad De Cinco Votos
- B En Materia De Radiodifusión Y Telecomunicaciones
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- Ejemplo De Ello Pueden Ser Las Plataformas Identificadas Como Zoom Teams Etcétera
- Ii Lista Estrado O Boletín Judicial Según Corresponda Y
- Señalado En La Demanda De Amparo Cuyo Desechamiento Se Combate Como Inciso Ii Página