VARIOS 2/2006-SS, SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA. MINISTRO MARIANO AZUELA GÜITRÓN, PRESIDENTE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.
Fecha: 02-Dic-1939
De Lo Expuesto Se Evidencia La Justificación De La Modificación De La Jurisprudencia De Mérito
SEGUNDO. Por auto de dos de febrero de dos mil seis, la presidenta de esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, admitió a trámite el expediente varios número 2/2006-SS, relativo la solicitud de modificación de la jurisprudencia, que aparece publicada en el Apéndice de 1917-1988, con el número 834, Parte II, página 1389, Quinta Época, de rubro: "EXPROPIACIÓN, LA GARANTÍA DE PREVIA AUDIENCIA NO RIGE EN MATERIA DE."; asimismo, ordenó dar vista al procurador general de la República a fin de que en el término de treinta días expusiera su parecer y turnó los autos, para su estudio, al Ministro Genaro David Góngora Pimentel.
El agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a esta Suprema Corte formuló pedimento en el sentido de declarar que el Ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación carece de legitimación para solicitar la modificación de jurisprudencia de mérito y declarar que no procede la interrupción y cancelación de la jurisprudencia P./J. 65/95, en virtud de que los motivos expuestos en la solicitud de modificación no son suficientes para ello.
- Secretario David Rodríguez Matha
- Resultando
- En La Solicitud De Mérito El Promovente Expuso Entre Otros Argumentos Lo Siguiente
- Actos Privativos Y Actos De Molestia Origen Y Efectos De La Distinción Se Transcribe
- Audiencia Garantía De Como Queda Cumplida En El Procedimiento Administrativo Se Transcribe
- Extranjeros Perniciosos Se Transcribe
- De Lo Expuesto Se Evidencia La Justificación De La Modificación De La Jurisprudencia De Mérito
- Considerando
- Artículo
- Al Respecto Es Ilustrativa La Tesis Del Rubro Texto Y Datos De Identificación
- En Efecto Dichos Extremos Legales Se Encuentran Colmados
- Sobre Este Tema Conviene Citar Las Tesis Del Tenor Siguiente
- I Contexto Histórico
- Expropiación La Garantía De Previa Audiencia No Rige En Materia De Se Transcribe
- Audiencia Naturaleza De La Garantía De Se Transcribe
- Expropiación Garantía De Audiencia En La Se Transcribe
- Audiencia Garantía De Su Cumplimiento En Materia Administrativa Se Transcribe
- Ii El Derecho Fundamental A La Propiedad Privada
- Ii Potestad Administrativa Expropiatoria
- Iii Aplicabilidad De La Garantía De Audiencia Previa Frente A La Potestad Expropiatoria
- Iii Interpretación Armónica De Los Artículos Y De La Constitución Federal
- Iii Inexistencia De Un Conflicto Entre Garantías Individuales Y Sociales
- Este Argumento Es Parcialmente Inexacto
- Cuarto La Tesis De Jurisprudencia Cuya Modificación Se Solicita Es Del Tenor Siguiente