DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0032/2023
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2023

Fecha: 28-Ago-2023

DISPOSICIÓN ANTERIOR | “Artículo 99. (ORDENAMIENTO URBANO Y TERRITORIAL).

Artículo 99. (ORDENAMIENTO TERRITORIAL). El Gobierno Autónomo Municipal de San Carlos, elabora planes de ordenamiento territorial y de uso de suelos, en coordinación con los planes del nivel central del Estado y del nivel Departamental. El ordenamiento territorial, es el proceso por el cual se organiza el uso y la ocupación sustentable del territorio en función a sus características socio culturales, socio económico y ambiental, para lo cual:

1. Diseña, aprueba y ejecuta el Plan de Ordenamiento Regulador Territorial Municipal, en coordinación con el Plan del Gobierno Departamental, y el Plan Nacional de Ordenamiento Territorial.

2. Crea la instancia correspondiente que dirigirá el Plan Regulador y el Ordenamiento Territorial Municipal.

3. Preserva y conserva el manejo de las áreas naturales y protegidas del Municipio de San Carlos”.