Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 95/01
Fecha: 21-Dic-2001
(fs. 40)
Que, en cumplimiento de la norma prevista por el art. 57 de la Ley Nº 1836, mediante provisión citatoria, el Recurso fue puesto en conocimiento de la Presidenta del Concejo Municipal y el Alcalde Municipal de La Paz, el 22 de octubre de 2001 (fs. 40) quienes, mediante memorial de 14 de noviembre de 2001 (fs. 201-207), se apersonaron ante el Tribunal y formularon alegato en favor de la Ordenanza Municipal impugnada solicitando se la declare constitucional, exponiendo los argumentos siguientes: