Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 95/01
Fecha: 21-Dic-2001
V.1
V.1 Que, el recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad tiene por finalidad el control objetivo de las disposiciones legales ordinarias para establecer su compatibilidad o incompatibilidad con los principios, declaraciones, preceptos y normas de la Constitución, con el objeto de realizar una depuración del ordenamiento jurídico del Estado. Por lo que corresponde a este Tribunal, a la luz de los fundamentos expuestos por los recurrentes y el alegato formulado por los titulares del Gobierno Municipal del que emanó la disposición legal impugnada, determinar si las normas previstas en la Ordenanza Municipal Nº 202/2000 HAM-HCM 168/200 son inconstitucionales.