SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 11/02
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 11/02

Fecha: 05-Feb-2002

II.10

II.10 El procedimiento de saneamiento comprende la facultad del INRA de anular un Título cuando éste o el trámite que le dio lugar, adolece de vicios de  nulidad absoluta, y si es de vicios de nulidad relativa y no cumple con la función económico social, considerándose en estos casos que la tierra nunca salió del dominio originario del Estado; la reversión se opera cuando una propiedad que salió legalmente del dominio originario del Estado, con los respectivos Títulos Ejecutoriales, es abandonada y no cumple con la función económico social, como  una sanción por ese incumplimiento y sin indemnización; finalmente, la expropiación  se  produce cuando existen causas de utilidad pública, con una  indemnización, aunque la tierra cumpla  la citada función social.