SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 11/02
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 11/02

Fecha: 05-Feb-2002

II.4

II.4 Lo que se ha hecho -sostiene- es verificar si en aquellos Títulos o trámites se cumplieron con los requisitos que son esenciales, ya sea porque no cumplieron las normas sustantivas o las formalidades para su aparición en el mundo del Derecho; por lo que las nulidades no las crea la Ley Nº 1715 ni su Decreto Reglamentario, sino que siempre han estado presentes como parte indisoluble  de cada trámite llevado a cabo en contravención a las normas que los regían, “hoy se verifica la regularidad de esos  expedientes, pero tomando en cuenta las disposiciones vigentes en ese tiempo”.