SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 11/02
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 11/02

Fecha: 05-Feb-2002

II.6

II.6 Los Títulos Ejecutoriales exentos de vicios son confirmados, por lo tanto, no revisables en la presunción de legalidad del proceso realizado para su obtención, y sobre los que tengan vicios manifiestos de nulidad relativa, son nulos si no cumplen la función económico social y pueden ser anulados y luego convertidos si el subadquirente a cualquier título cumple con la función antedicha.