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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1180/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1180/2003-R

    Fecha: 20-Ago-2003

    II.3.

    II.3.    Por memorial de 26 de abril de 2001,  Roxana Arce de Subiera, en representación del imputado, solicitó a la recurrida admita su apersonamiento y se cite a su representado mediante exhorto en su domicilio real ubicado en Valencia, España. La recurrida, mediante Resolución de 17 de abril de 2001, puso el apersonamiento en conocimiento de la parte contraria y fiscal (fs. 100-103).

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • Jueza recurrida,
    • procedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • tendrá los poderes, facultades y recursos reconocidos a todo imputado, siendo por ende, el único que puede hacer uso de los recursos legales sin necesidad de poder de su defendido
    • III.2.
    • Fragmento 21
    • III.3.
    • REVOCAR

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