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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 88/2003
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 88/2003

    Fecha: 16-Sep-2003

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    • Basilio García Aguilar,
    • a)
    • b)
    • c)
    • d)
    • e)
    • f)
    • I.1.2.   Trámite procesal del incidente y Resolución de la autoridad administrativa
    • rechazó
    • revocó
    • II.1.
    • II.2
    • II.3
    • II.4
    • II.5
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • Artículo 259.- (Alcance de la Inmovilización).-
    • g)  La resolución de inmovilización implica que a partir de su pronunciamiento, y a los efectos de la apreciación de la función económico-social en Tierrras Comunitarias de Origen, no se considerarán las superficies destinadas a desarrollo forestal, conservación y protección de la biodiversidad, investigación y ecoturismo cuando las autorizaciones hayan sido tramitadas, simultánea o posteriormente a su dictación”.
    • “Artículo 264.- (Apreciación de la Función Económico - Social  en Tierras Comunitarias de Origen”)
    • III.2.
    • puede ser contemplado en el  Reglamento,
    • no conlleva de manera alguna restricción ni prohibición para que en el Reglamento se adopten las medidas necesarias para el desarrollo óptimo del saneamiento,
    • III.3.
    • III.4
    • III.5

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