SENTENCIA CONSTITUCIONAL 88/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 88/2003

Fecha: 16-Sep-2003

“Artículo 264.- (Apreciación de la Función Económico - Social  en Tierras Comunitarias de Origen”)

Durante la  ejecución de las pericias de campo en la ejecución del proceso de Saneamiento de Tierras Comunitarias de Origen (SAN-TCO), no se considerará como cumplimiento de la función económico-social, las actividades de desarrollo forestal, ecoturismo o conservación, cumplidas con posterioridad a la resolución de inmovilización del área”

            IV.- Las indicadas Tierras Comunitarias de Origen serán tituladas en el término improrrogable de diez (10) meses, computables a partir de la publicación de esta ley, previa ejecución del Saneamiento de Tierras Comunitarias de Origen (SAN-TCO) y cumplimiento del Procedimiento de identificación de Necesidades y Titulación”.