SENTENCIA CONSTITUCIONAL 88/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 88/2003

Fecha: 16-Sep-2003

Artículo 259.- (Alcance de la Inmovilización).-

e)   Prever porque las transferencias de las propiedades que cuenten con Título Ejecutorial, proceso o trámite con sentencia  ejecutoriada o minuta de compraventa protocolizada al 24 de noviembre de 1992, realizadas  antes de la conclusión del saneamiento, sean previamente comunicadas al Instituto Nacional de Reforma Agraria, para su conocimiento y constancia, las que serán tomadas en cuenta para la ejecución del saneamiento. El registro que curse  en el Instituto Nacional de Reforma Agraria, en tal caso, no define derechos de propiedad;