SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1719/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1719/2004-R

Fecha: 26-Oct-2004

II.4.

II.4.   Mediante oficio GM-DGJ- 04-344/2350 de 9 de marzo de 2004 dirigidos a los jueces técnicos del Tribunal Cuarto de Sentencia, el Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto de Bolivia, hizo conocer que el 27 de febrero de 2004 la Cancillería brasileña devolvió a la embajada de Bolivia el expediente de extradición, indicando que según el Ministerio de Justicia no es posible la extradición de los citados ciudadanos por la restricción contenida en la norma del art. 5 LI de la Constitución Federal del Brasil que dispone lo siguiente: “LI ningún brasileño será extraditado, excepto el nacionalizado, en caso de tratarse de un delito común cometido antes de su naturalización, o de su participación comprobada en el tráfico ilícito de estupefacientes y drogas afines, de acuerdo con la Ley”  (fs. 65).