Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1719/2004-R
Fecha: 26-Oct-2004
recurso de amparo constitucional
En revisión, la Resolución de 6 de julio de 2004, cursante de fs. 178 a 180, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Jaime E. García Meruvia y Gualberto Villarroel Román, fiscales de Materia contra Juan de La Cruz Vargas Vilte y Cecilia Ayllón Quinteros, jueces del Tribunal Cuarto de Sentencia Número Cuatro, alegando la vulneración de los derechos a la igualdad, a la seguridad jurídica, la garantía del debido proceso y el principio de legalidad consagrados por los arts. 6, 7 inc. a) y 16 de la CPE.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- procedente
- (fs. 182-183)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1.
- Fragmento 14
- III.1.1. Autoría y participación
- III.1.2. El juzgamiento de autores y partícipes por la comisión del delito
- III.2.
- Es cómplice el que dolosamente facilite o coopere a la ejecución del hecho antijurídico doloso
- La nueva regulación consagra el principio de accesoriedad limitada al conformarse con la antijuridicidad del hecho del autor principal y no exigir su culpabilidad para poder sancionar al partícipe
- La decisión sólo excluirá del proceso al imputado a quien beneficie
- III.3. Análisis de la problemática planteada
- III.3.1.
- III.3.2.
- REVOCA