Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1719/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1719/2004-R

    Fecha: 26-Oct-2004

    III.3. Análisis de la problemática planteada

              Establecidas las precisiones conceptuales sobre el juzgamiento de los autores y cómplices, así como determinada la posición asumida por el sistema penal boliviano al respecto; corresponde analizar la problemática de fondo planteada por los recurrentes, a cuyo efecto este Tribunal expresa los siguientes fundamentos de orden jurídico constitucional:

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • procedente
    • (fs. 182-183)
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III.1.
    • Fragmento 14
    • III.1.1. Autoría y participación
    • III.1.2. El juzgamiento de autores y partícipes por la comisión del delito
    • III.2.
    • Es cómplice el que dolosamente facilite o coopere a la ejecución del hecho antijurídico doloso
    • La nueva regulación consagra el principio de accesoriedad limitada al conformarse con la antijuridicidad del hecho del autor principal y no exigir su culpabilidad para poder sancionar al partícipe
    • La decisión sólo excluirá del proceso al imputado a quien beneficie
    • III.3. Análisis de la problemática planteada
    • III.3.1.
    • III.3.2.
    • REVOCA

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca